¡Cuando un pueblo enérgico y viril llora, la injusticia tiembla!
Fidel Castro.
Leí un dato estadístico sobre el reparto de la riqueza nacional, se aseguraba que el 50 por ciento de la riqueza nacional estaba en manos del uno por ciento de la población, esto es que el 99 por ciento de la población se pelea a los ojos de una minoría por obtener una tajada de la mitad de la riqueza nacional. Si tenemos que en 2014 México tenía una población aproximada de 119 millones 715 mil habitantes, tenemos que 119 mil 715 personas obtienen los miles de millones de pesos que produce México como riqueza cada año, en esta lista no estamos el resto de la población.
Ahora bien, el resto de la población estamos en otro rol de vida, debemos estructurar una visión distante de la que esa minoría tiene, a nosotros no interesa el salir adelante y obtener cada día una mayor parte de los beneficios que se otorgan por parte del Estado, como los servicios públicos, debemos acceder a los espacios de diversión que tenemos al alcance, debemos subsistir pensando en el crecimiento familiar y en la estabilidad a alcanzar, nos dedican el teatro y el pan, nosotros tenemos que entender cómo están confeccionados nuestros sistemas jurídicos y acceder a la justicia que, como lo señaló Morelos, debemos contar con un tribunal que nos ampare, proteja y defienda en contra del fuerte y el arbitrario, así entonces es importante conocer a conciencia ese sistema judicial para poder acceder a la justicia de la mejor manera, he ahí la importancia de conocer el Nuevo Sistema de Justicia Penal.
Se ha brindado y ofrecido como la gran solución, una mágica respuesta para terminar con las violaciones al derecho fundamental de las personas, no es así, si esto fuera de este modo, no habría sentido a la existencia del juicio de amparo, no habría necesidad de abogados ni habría temor de ser enjuiciado, es una mala interpretación de este Nuevo Sistema.
Sin embargo, es menester dar a conocer un par ventajas que este Nuevo Sistema propone al ciudadano desde el comienzo de su implementación, es importantísimo señalar que nuestro Ministerio Público pierde su fe pública, esto verdaderamente constituye un cambio trascendental en el sistema penal, se pretende impedir las prácticas desleales de esta institución, aquí tenemos por una parte el esfuerzo del Estado para disminuir o terminar con las mala fe de las actuaciones del Ministerio Público, conocido como efecto corruptor; sin embargo, también está implícita la aceptación tácita de la existencia de un efecto corruptor en el actuar de las autoridades que tienen que ver con la investigación y procuración de la justicia; así tenemos que el Nuevo Sistema de Justicia Penal, al contener medidas de acción para brindar una seguridad jurídica al gobernado, también inevitablemente acepta culpas dolorosas y preocupantes.
Asimismo, se antepone la amigable conciliación, acuerdos reparatorios, formas alternas de solución de conflictos, etcétera, que son medidas jurídicas donde la autoridad hace valer el interés de la voluntad de las partes víctima e imputado para no generar costos innecesarios al Estado y, sobre todo, para abonar al debido saneamiento del tejido social. Este recurso legal, en el Código Nacional de Procedimientos Penales, fue recortado en cuanto a su acceso en relación con las normatividades subjetivas existentes, incluyendo el Código de Procedimientos Penales del Estado, prácticamente quedó sin uso. Es muy importante el hacer del conocimiento a las partes involucradas en delitos patrimoniales que no exista el uso de la violencia que ahora tienen la oportunidad de terminar con un lastimoso proceso penal, tanto para la víctima como para el imputado, así como para los familiares de ambos, logrando con esto una adecuada medida para abonar a restaurar el tejido social. La consecuencia de derecho puede ser en dos vertientes, se garantizan las exigencias de la víctima que la mayor de las veces no les dan importancia a la cuestión monetaria sino a una garantía de que el agresor tendrá que aumentar su calidad moral para ser mejor ciudadano y no reincidir en actividades ilícitas, con lo que al cumplirse en un solo acto se finiquita la pretensión punitiva del Estado y se archiva el asunto como totalmente concluido sin que se generen antecedentes penales al imputado, pues no existe una declaratoria de culpabilidad, y que dicho convenio sea condicionado a un hacer, no hacer o de pago, verbigracias, cuando se solicita que el agresor sea sometido a terapias psicológicas, que pague una cantidad de dinero en abonos o bien que deje de realizar actividades como no ingerir bebidas embriagantes, no molestar a la víctima, etcétera, con lo que una vez agotado el término que se fijó para el cumplimiento de las condicionantes, seguirá la misma suerte ya señalada, so pena de reactivar el procedimiento penal en caso de incumplimiento.
En concreto, este Nuevo Sistema de Justicia Penal está dispuesto a cambiar el paradigma de la impartición y procuración de justicia, lo que será obligación de cada ciudadano, de cada autoridad, de cada profesionista que interactué con el sistema penal, de ahí se podrá transformar en un escaño más para lograr una eficiencia gubernamental que impacte en beneficios sociales que generen condiciones necesarias para el crecimiento de todos y abonar a alcanzar una igualdad cada vez con mayores proporciones.
Tiene más temas este nuevo paradigma jurídico, sin embargo he querido tocar sólo estos temas que dejo como una inquietud para generar la duda o la curiosidad a fin de que cada uno investigue en el tema y se generé una forma de difusión.
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Arranque de campañas, promesas y realidades
El agua, un problema incipiente
Los beneficios de la Reforma Energética
Una batalla, un logro y un beneficio para todos
El derecho a recibir el salario en tiempo y forma
México en el banquillo de los acusados
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Gracias, pero no es una concesión, ¡es un derecho!
Prisión preventiva oficiosa, ampliarse o desaparecer
Todos contentos, tenemos reelección
Un andador con sabor a parque lineal
El menosprecio al derecho a un medio ambiente sano
La percepción, un tema añejo en Michoacán
Una evaluación sin convocatoria
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Lo siento, no hay dinero en las arcas
El feminicidio, entre la espada y el espíritu
El salario mínimo y el mínimo vital
La razón y la política en la Ley Antimarchas
Maestro Cárdenas, un inmortal autor de recuerdos
Derecho a un medio ambiente sano
Las escuelas Normales y el derecho a la educación
Un informe con esquema diferente
El verdadero reto de la justicia penal en la actualidad
¿Perdonar y olvidar o una justicia restaurativa?, una decisión ciudadana
Un caso más de un todólogo mexicano
El caótico caso de la educación
Supe de un país lleno de promesas y demagogia
La Alerta de Violencia de Género, ¿necesidad o pretexto?
Independientes ante el desgaste y la pérdida de credibilidad
Foto infracciones, entre argumentos y falacias
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Una evaluación docente… ¿confiable?
¿Qué protege el derecho humano al trabajo?
Los políticos y sus iusmonólogos
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“Entre la cobardía y el deshonor”
“Día Internacional de la Mujer, festejar sin compromiso o comprometerse sin festejar”
Comisión Estatal de los Derechos Humanos, ¿sirviendo a la ciudadanía? (Segunda parte)
Comisión Estatal de los Derechos Humanos, ¿sirviendo a la ciudadanía? Primera parte
Derecho a conocer nuestro sistema de justicia penal
El derecho a estar informado, de la letra a su realidad
Caminos, acciones y otros vericuetos de un buen ciudadano
Nuestro salario, aguinaldo y otras prestaciones laborales son derechos humanos
Declaración Universal de los Derechos Humanos, concientizando a los ciudadanos
Ser mujer también es nuestra lucha
Una parte de nuestro México, historia vigente que se niega y se esconde
Terrorismo, una crítica distante y una indolencia cercana
Los derechos humanos, de un discurso glorioso a una realidad dolorosa