La Comisión Nacional de los Derechoso Humanos considera que las etapas del embarazo, parto y puerperio, constituyen un proceso funcional-orgánico y multidimensional de las mujeres; estos procesos deben proteger la vida y su salud de la mujer, así como respetar y garantizar su autonomía y libertad, dignidad y derechos humanos. Desde esta perspectiva, la maternidad, además del aspecto médico, involucra aspectos de carácter social en los que se implica a la equidad y la no violencia de género.

(Foto: Cuartoscuro)
El Sector Salud, a través de los recursos humanos debidamente capacitados, debe proveer los servicios de salud a la gestante, pero adicionalmente debe conducirse con respeto a sus derechos humanos, situación que en algunas ocasiones no acontece ya que las afectaciones hacia los derechos y salud reproductiva de las mujeres ocurridas durante la atención al embarazo, parto y puerperio en las instituciones de salud son una práctica que aqueja a las mujeres y adolescentes gestantes sin desconocer que existen casos de niñas embarazadas que también han vivido procesos de diferencia de trato social.
A la mala o nula atención a las mujeres embarazadas se le ha llamado violencia obstétrica (concepto de reciente definición), ello con el objeto de visibilizar e identificar las causas que reproducen la violencia contra la mujer ocurrida bajo dichas circunstancias.
De esta manera, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos ha generado la recomendación general número 31/2017. Los principales puntos de la recomendación general sobre políticas públicas, infraestructura, capacitación, implementación, difusión y derechos de los parteros tradicionales se resumen en seis recomendaciones que son las siguientes:
Primera. Políticas Públicas: “Que se diseñe y ponga en práctica una política pública de prevención de violaciones a los derechos humanos de las mujeres en ocasión del embarazo, el parto y el puerperio, centrada en el reconocimiento de la mujer como protagonista en la relación materno-fetal, que atienda a las perspectivas de derechos humanos y género, constituida por acciones de capacitación y sensibilización continua al personal de salud que presta sus servicios en la atención gineco obstétrica para contrarrestar prejuicios basados en la discriminación de las mujeres y para el cumplimiento de las normas oficiales mexicanas, así como de información a las mujeres usuarias sobre sus derechos y cómo ejercerlos”.
Segunda. Infraestructura: “Acuerdos necesarios sobre requerimientos técnicos, humanos y programación del presupuesto necesario, entre otros, que permitan ampliar y mejorar la infraestructura hospitalaria en la que se atiende a las mujeres en ocasión del embarazo, el parto y el puerperio, con prioridad en zonas alejadas y de marginación social”.
Tercera. Implementación del Modelo de Atención a las Mujeres durante el Embarazo, Parto y Puerperio con Enfoque Humanizado, Intercultural y Seguro de la Secretaría de Salud en las instituciones del Sistema Nacional de Salud a fin de garantizar la disminución de la morbi-mortalidad materno-infantil.
Cuarta. Difusión: “Implementar en las instituciones de salud a su cargo una campaña de promoción de los derechos humanos y salud reproductiva de las mujeres durante la atención del embarazo, el parto y el puerperio”.
Quinta. Respeto a las parteras y los parteros: Implementar eficazmente las políticas públicas para la vinculación de las parteras y parteros tradicionales al Sistema Nacional de Salud, creando un entorno jurídico e institucional para el respeto y el ejercicio de dicha actividad mediante el reconocimiento y la promoción de las aportaciones, práctica y desarrollo de la medicina tradicional indígena en condiciones adecuadas y garantizando que la capacitación técnica que reciban sea periódica, actualizada y además tome en cuenta sus usos y costumbres.
Señalando de manera enunciativa mas no limitativa las siguientes medidas: asegurar el acceso y destinar espacios adecuados en los hospitales para que las parteras y parteros tradicionales puedan asistir y brindar acompañamiento a las mujeres embarazadas, impartir cursos y talleres y desarrollar campañas de sensibilización dirigidos al personal médico que labora dentro de Sistema Nacional de Salud sobre la importancia y el respeto de la partería tradicional, proveer a las parteras y parteros tradicionales de los instrumentos necesarios para prestar sus servicios en condiciones idóneas (distribución de suministros, maletines obstétricos o sencillos estuches desechables para asegurar las buenas condiciones higiénicas de los partos, organización de sistemas de transporte para trasladar a quienes presentan embarazos patológicos, mejoramiento del procedimiento de envío de casos), asegurar que el material que se les facilite durante su capacitación sea culturalmente adecuado e implementar los mecanismos para la sistematización de los resultados y beneficios del ejercicio de la partería.
Sexta. Capacitación: las actividades que se realicen con motivo del desarrollo académico de médicos y/o especialistas, tales como congresos, simposios, foros, seminarios, coloquios, cursos, talleres, entre otras, se integre el estudio de la violencia obstétrica.
De esta manera, mis amigas y amigos parteros de Aquila, así como de Zitácuaro, de las comunidades de Macho de Agua, El Aguacate o Francisco Serrato, constituye para ellos una gran oportunidad de acercarse al Sector Salud como lo han venido haciendo para empoderarse y lograr los beneficios de esta recomendación.
Por otro lado, las enfermeras especializadas en este tema, preocupación y ocupación sobre este asunto de la mujer, les permitirá dar puntual seguimiento a todas aquellas situaciones que han detectado y que pudieran en este marco ser objeto de mejora.
Ni una muerta más por violencia obstétrica, todas las mujeres, todos los derechos…
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