LA PSICOLOGÍA EN EL DERECHO: La sensación de justicia

Durante toda la semana, he escuchado el reclamo de justicia de víctimas directas e indirectas de distintos delitos y/o violación a sus derechos humanos, muchas de las veces, aun con el cumplimiento de la ley mediante una sentencia no brinda a las víctimas la sensación de justicia.

En tiempos pasados las sanciones eran establecidas por el Estado, quien era el único que podía castigar, las penas tenían como objetivo proteger a la sociedad de la repetición de un hecho delictivo, con el surgimiento de la criminología la pena cobra un sentido hacia la modificación de la conducta de quienes cometen delitos con el objetivo de que la conducta no sea repetida.

Las teorías que explican el comportamiento humano hablan hoy de que las personas que comenten algún delito y/o violación a los derechos humanos son influidos por distintas circunstancias tanto internas como externas, los delitos no se comenten desde el pensamiento moral, porque de acuerdo con el desarrollo moral desde la niñez aprendemos lo que es bueno y lo que es malo, según Kohlberg pasando por una etapa pre convencional que se caracteriza por evitar el castigo, o por un propio interés, la etapa convencional que implica la preocupación por la otra persona y el cumplimiento de la normatividad y por último la etapa convencional en donde se encuentran ya establecidos los valores y los principios éticos. Por lo cual existen en la comisión de los delitos una responsabilidad social y no moral, derivado de esto las sanciones pretenden dejar de serlos convirtiéndose en medidas de seguridad y/o medidas de tratamiento para quien incumple la ley y para quien se convierte en víctima se le garantizar el acceso a la justicia.

Considero que la justicia tiene dos componentes, por una parte, lo que se impone dentro de la ley, y por otro lado lo que permite resarcir el daño a las víctimas, esa sanción que desde la necesidad de las víctimas es justa, es aquí donde existe la gran discrepancia, pues en muchas ocasiones se aplica la sanción, pero la sensación es de injusticia.

Cuando somos niños/as y nos agrede un par, tomamos la justicia en nuestras manos, de acuerdo a la etapa de desarrollo moral y cognitivo en el que nos encontramos, en los más pequeñitos es muy evidente cómo funciona el proceso de justicia cuando eres golpeado por otro, respondes de forma proporcional a tu dolor, no se piensa en si golpeas más fuerte o no, la intensión está en que le duela igual que a ti te dolió, en ese momento se compensa la desigualdad de condiciones y se aparece la sensación de justicia.

La Ley de atención a víctimas para el estado de Michoacán de Ocampo, considera la reparación de daño: “La reparación integral comprende las medidas de restitución, rehabilitación, compensación, satisfacción y medidas de no repetición, en sus dimensiones individual, colectiva, material, moral y simbólica. Cada una de estas medidas será implementada a favor de la víctima de manera complementaria y no excluyente, teniendo en cuenta la gravedad y magnitud del hecho victimizante cometido, la gravedad y magnitud del menoscabo de sus derechos, así como las circunstancias y características del hecho victimizante y de la condición particular de la víctima”.

Es necesario armonizar las sanciones con respecto a la ley de atención a víctimas, pues las sanciones no cumplen en muchas de las ocasiones con la reparación integral, y aunque es claro que no se les pedirá opinión a las víctimas con respecto a las sanciones, sería importante encontrar un mecanismo que logre la consideración de las víctimas para con ello obtener la sensación de justicia.