Recuento parcial en elección municipal de Tarímbaro, acuerda Tribunal Electoral

El recurso fue promovido por el Partido del Trabajo; desecha el TEEM otros recursos por rebase de topes de campaña

El recuento, en tres de 10 casillas. | Agencia Comunicación Gráfica

Morelia, Mich.- El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM), dispuso el recuento parcial en la elección municipal de Tarímbaro, en tres de las 10 casillas solicitadas y promovido por el Partido del Trabajo.

“El recuento de los votos se realizará a las casillas 960 Contigua 1; 1966 y 2681 básicas, de acuerdo con la resolución incidental dictada dentro del Juicio de Inconformidad TEEM-JIN-153/2021”, señala el organismo en un comunicado.

En la misma sesión se analizaron los Medios de Impugnación TEEM-JIN-051/2021 y TEEM-JIN-053/2021 Acumulados, promovidos por los Partidos del Trabajo y MORENA en contra de la elección municipal de Tepalcatepec, Michoacán; TEEM-JIN-009/2021, promovido por el Partido Acción Nacional en contra de la elección municipal de Ziracuaretiro, Michoacán; TEEM-JIN-010/2021, interpuesto por el Partido de la Revolución Democrática en contra de la elección municipal de Irimbo, Michoacán; TEEM-JIN-013/2021, presentado por MORENA en contra de la elección municipal de Santa Ana Maya, Michoacán; TEEM-JIN-065/2021 y TEEM-JIN-066/2021 Acumulados, promovidos por los Partidos Revolucionario Institucional y MORENA en contra de la elección municipal de Sahuayo, Michoacán; y, TEEM-JIN-130/2021, TEEM-JIN-142/2021, TEEM-JIN-143/2021 y TEEM-JDC-280/2021 Acumulados, interpuestos por los Partidos Verde Ecologista de México y Movimiento Ciudadano, así como por su candidato a la Presidencia Municipal de Coalcomán en contra de la elección del municipio mencionado; mismos que se resolvieron en el sentido de confirmar las elecciones municipales impugnadas, en razón a que los agravios promovidos resultaron inoperantes e infundados.

Respecto de los Medios de Impugnación TEEM-JIN-086/2021 y TEEM-JIN-125/2021 Acumulados, promovidos por los Partidos Fuerza por México y Revolucionario Institucional en contra de la elección de diputaciones locales emitida por el Consejo Distrital Electoral de Tarímbaro; TEEM-JIN-045/2021 y TEEM-JIN-112/2021, Acumulados, presentados por los Partidos Fuerza por México y de la Revolución Democrática para impugnar la elección de diputación de mayoría relativa, correspondiente al Distrito Electoral Local 22 de Múgica, Michoacán; y, TEEM-JIN-037/2021 y TEEM-JDC-272/2021 Acumulados, interpuestos por el Partido del Trabajo y la entonces candidata a la Presidencia Municipal de Huaniqueo, Michoacán, postulada por la Coalición PT-MORENA a fin de controvertir el resultado de la elección de dicho municipio; el Pleno aprobó desechar de plano dichas demandas en algunos casos por la falta de legitimación procesal de su promovente y en otros por presentación extemporánea.

También, se desechó el Recurso de Apelación TEEM-RAP-070/2021,  interpuesto por el Partido MORENA, el cual impugnó el acuerdo emitido por la Secretaria Ejecutiva del Instituto Electoral de Michoacán, del 19 de junio de 2021, mediante el cual desechó la denuncia registrada con el número IEM-PES-288/2021 presentada por el partido actor, esto al actualizarse la causa de improcedencia relativa a la presentación extemporánea de la demanda.