Un 40% del presupuesto de la UMSNH en 2020, sin justificar: Auditoría Superior de Michoacán

En total, la Rectoría recibió 16 observaciones de parte del órgano fiscalizador en la entidad

En Ciudad Universitaria, el evento de orientación vocacional. | Fotografía: Prensa Universidad Michoacana.

Morelia, Mich.- Un 40 por ciento del presupuesto del año 2020 se encuentra sin justificar por la Rectoría de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (UMSNH),  de acuerdo a datos de la Auditoría Superior de Michoacán que revelan en una Auditoría de Cumplimiento que la autoridad universitaria mantiene su práctica de no reportar el flujo de gastos y remite 16 reportes por incumplimiento, con observaciones, entre otras, de que no generó “un balance presupuestario sostenible”.

En el 2020, la UMSNH recibió un presupuesto ordinario por  2 mil 854 millones 980 mil 913 pesos, aprobado por el Congreso del Estado y que en toral, con el apoyo de la federación se incrementó a más de 3 mil 854 millones de pesos.

De acuerdo con el Anexo 1 del Acuerdo Administrativo de fecha 16 de julio de este año, en una revisión de expedientes desde abril del presente año, “se detectaron inconsistencias, actos, hechos u omisiones durante las distintas etapas de la Auditoría de Cumplimiento y conforme a los procedimientos establecidos”, en las que se destaca que “del análisis al saldo de la cuenta contable 112 DERECHOS A RECIBIR EFECTIVO O EQUIVALENTES al 31 treinta y uno de diciembre de 2020 dos mil veinte, se constató que presenta un saldo, el cual no ha sido comprobado y/o recuperado, por la cantidad de $ 395, 306, 220.58 (trecientos no­ven­ta y cinco millo­­nes tres­cientos seis mil doscientos veinte pesos 58/100 M.N.), de los cuales no se pudo llevar a cabo la técnica de eventos posteriores al 31 treinta y uno de marzo de 2021 dos mil veintiuno, ya que no fue proporcionada dicha información por lo que no se pudo verificar si han sido recuperados”.

Los rubros que reporta la ASM sin justificación hasta diciembre del 2020, serían cuentas por cobrar a corto plazo, con un saldo de 144 millones 255 mil 564.95 pesos; deudores diversos por cobrar a corto plazo, con un saldo de 246 millones 73 mil 013.88 pesos; ingresos por recuperar a corto plazo, con un saldo por un millón, 835 mil 472.49 pesos y, deudores por anticipos de la Tesorería a corto plazo, con un saldo de 3 millones 342 mil 169.28 pesos, lo que en total representa la cantidad de 395 millones 306 mil 220.58 pesos.

Para el organismo fiscalizador en la entidad, el alcance de estas omisiones “podría causar un daño al erario público, toda vez que el Presupuesto de Egresos es aprobado y autorizado para el ejercicio fiscal respectivo, se aprueba para cubrir las necesidades relativas a las actividades, obras, acciones y servicios públicos relacionados con la Administración Pública en beneficio de la población de conformidad con los planes y programas asignados para el cumplimiento de sus objetivos y metas”, además de que, agrega, “no muestran evidencia documental o acción tendiente a la recuperación del saldo”.

En cuanto al incumplimiento normativo, la ASM señala infracciones a los artículos 34 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 35, 43 fracciones I, II y 62 párrafo primero de la Ley de Planeación Hacendaria, Presupuesto, Gasto Público y Contabilidad Gubernamental del Estado de Michoacán; 86 fracción II de la Ley del Impuesto Sobre la Renta; 29 párrafo primero y 29-A Fracciones I, II, III y IV del Código Fiscal de la Federación.

Otra irregularidad que plantea en su análisis la ASM, contenida en su Observación Preliminar 02, se refiere a ingresos no reportados “que perciban por venta de bienes, prestación de servicios o cualquier otro que reciban diferente, a los recursos derivados del Presupuesto de Egresos, a la Secretaría de Finanzas y Administración”.

En este rubro, el organismo señala que la autoridad universitaria no reportó ingresos a la Secretaría de Finanzas: “Por lo que una vez analizada la información proporcionada y los argumentos descritos, se determinó que de la revisión a la Balanza de Comprobación del 01 de enero al 31 de diciembre de 2020 dos mil veinte, en la cuenta contable 4178  Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de los Poderes Legislativo, Judicial, y de los Órganos Autónomos, se pudo constatar que se tienen recursos recaudados por la cantidad de $242,734,363.68  (doscientos cuarenta y dos millones setecientos treinta y cuatro mil trescientos sesenta y tres pesos 68/100 M.N), por lo que la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, percibió ingresos que no informó a la Secretaría de Finanzas y Administración, sobre dichos recursos del ejercicio fiscal 2020 dos mil veinte”.

La Observación Preliminar 03, señala que en cuanto a la justificación de gastos, la autoridad universitaria facturó hasta en este año 2021, ingresos correspondientes al 2020, con un total de 233 millones 674 mil 393.82 pesos.

En su Observación Preliminar 04, la Auditoría Superior de Michoacán reporta diferencias en el inventario “de Bienes Muebles e Inmuebles contra lo registrado contablemente en el Estado de Situación Financiera”. De acuerdo con el organismo, “una vez valorada la documentación y los argumentos proporcionada, se determinó que no se tienen conciliados los Bienes Muebles e Inmuebles contra lo registrado contablemente con el Estado de Situación Financiera, ya que en revisión de las notas a los Estados Financieros del 1 de enero al 31 de diciembre de 2020 dos mil veinte, en el apartado c) Notas de Gestión Administrativa 8. Reporte Analítico del Activo se menciona lo siguiente: “Al cierre del ejercicio 2020 aún no se concluye los trabajos de conciliación del inventario físico de bienes muebles, inmuebles y activos intangibles con los registros contables de las adquisiciones realizadas en ejercicios anteriores”, por lo que no se cumplió con lo solicitado”.

En su Observación Preliminar 05, la ASM señala a la UMSNH su omisión en la página institucional “de la Norma para establecer la estructura de información de montos pagados por ayudas y subsidios”, donde establece que “no se publicó el formato establecido por el Consejo Nacional de Armonización Contable, que debe contener la información detallada respecto a los montos pagados por concepto de ayudas y subsidios a los sectores económicos y sociales, así como su publicación en su Página de Internet de manera trimestral y anual, como lo dispone la “Norma para establecer la estructura de información de montos pagados por ayudas y subsidios” la cual fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 3 de abril de 2013”, por lo que se incumplió normativamente con el artículo 67 último párrafo de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

En su observación Preliminar 06, sobre pago de recargos por cumplimiento extemporáneo, la ASM indica que “se determinó que la Universidad pagó RECARGOS del Impuesto sobre la Renta ya que cuenta con registros en la cuenta contable 5139501100 Actualizaciones y 5139501200 Recargos, por la cantidad de $387,691.00 (Trescientos ochenta y siete mil seiscientos noventa y un pesos 00/100 M.N.)”, con el incumplimiento a los artículos 1 párrafo segundo, 8 párrafo segundo de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios; 13, 35 párrafo segundo, 42 párrafo tercero de la Ley de Planeación Hacendaria, Presupuesto, Gasto Público y Contabilidad Gubernamental del estado de Michoacán de Ocampo y 1 y 5 del Decreto que contiene el Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de Michoacán de Ocampo, para el Ejercicio Fiscal 2020 dos mil veinte”.

En su Observación Preliminar 07, el organismo establece al respecto que, “una vez valorada la información proporcionada y al consultar el link de verificación se pudo constatar que el Balance Presupuestario es negativo por la cantidad de -$164,984,357.27 (menos ciento sesenta y cuatro millones novecientos ochenta y cuatro mil trescientos cincuenta y siete pesos 27/100 M.N.) en el rubro VI. Balance Presupuestario de Recursos Disponibles sin Financiamiento en el concepto devengado, por lo que la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, no generó un Balance Presupuestario Sostenible”.

Respecto a su Observación Preliminar 08, se indica sobre pagos por exámenes extraordinarios, de regularización, clasificación y profesionales, que “se detectaron inconsistencias, actos, hechos u omisiones durante las distintas etapas de la Auditoría de Cumplimiento  y conforme a los procedimientos establecidos”, donde el organismo determinó que “las pólizas seleccionadas de los meses de marzo, septiembre y diciembre de 2020 dos mil veinte, para su revisión de la cuenta contable 5115401414 Pago por Exámenes Extraordinario, Regularización, Clasificación y Profesionales, no cuentan con la información comprobatoria consistente en la expedición de comprobantes con requisitos fiscales (CFDI), por la cantidad de $8,401,905.97 (ocho millones cuatrocientos un mil novecientos cinco pesos 97/100 M.N.) ya que únicamente la póliza es acompañada por lista de raya firmada por los beneficiarios de dicho recursos y en algunos casos no se encuentra firmada, por lo que carece de comprobantes con requisitos fiscales y justificativos”, con el incumplimiento normativo de los artículos 86 fracción II de la Ley del Impuesto sobre la Renta; 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación; 48 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y 43 fracción III de Ley de Planeación Hacendaria, Presupuesto, Gasto Público y Contabilidad Gubernamental de estado de Michoacán de Ocampo”.