Familia de Gaby Pérez exige sentencia condenatoria y sanción máxima contra su homicida

Consideran que en el estado, con un alto índice en el delito, debe aumentarse la pena

Manifestación realizada hace semanas en Morelia, para protestar por feminicidios. | Agencia Comunicación Gráfica

Morelia, Mich.- Familiares de Gaby Pérez exigen a las autoridades judiciales de la entidad, emitan una sentencia condenatoria y sanción máxima por el delito, cometido por su cónyuge, misma que consideran debe incrementarse dada la recurrencia del delito en la entidad.

En un manifiesto, los familiares y colectivas feministas señalan que la petición se realiza “toda vez que se actualizan las 5 circunstancias estipuladas por en el artículo 120 del Código Penal del Estado de Michoacán, así como diversas circunstancias calificativas contempladas en el artículo 135 del mismo ordenamiento”.

Asimismo, señalan “nuestro repudio a la desproporcionada numeración de circunstancias agravantes requeridas para aplicar la pena máxima, así como que la pena máxima para el delito de feminicidio sea únicamente de 40 años, ya que, para que sea impuesta deben actualizarse circunstancias totalmente degradantes para las mujeres y alguna de las circunstancias calificativas contempladas en el artículo 135 del ordenamiento penal entre las que se incluyen: ventaja, traición, alevosía, retribución, saña o estado de alteración voluntaria”.

En esta idea, consideran “sumamente grave” el que en Michoacán, “con un índice tan alto de feminicidios no perseguidos por el Estado, existan otros delitos cuyas penas máximas oscilan entre los 90 años, mientras que para el de feminicidio sea en promedio 25 años. No solamente la desproporción va en torno al monto de años, sino que estos crímenes de odio contra las mujeres difícilmente se persiguen como feminicidio y, los pocos que logran perseguirse como tales, han implicado procesos muy largos, revictimizantes y en los que se cuidan más las garantías procesales y los derechos humanos de los feminicidas que los derechos, seguridad y reparación integral del daño a las víctimas indirectas de feminicidio”.

Por ello, señalan que “nos pronunciamos vigilantes del proceso de procuración e impartición de justicia, toda vez que desconfiamos de las instituciones encargadas de prevenir, erradicar y sancionar la violencia de género, ya que el feminicidio de Gaby es una de las lamentables muestras de las omisiones y negligencias institucionales. Recordemos que Gaby acudió a las instancias correspondientes a denunciar que sufría violencia familiar, física y psicológica reiterada, tal como lo contemplan las fracciones I, III y IV del artículo 120 del Código Penal del Estado de Michoacán, a lo que las instancias encargadas de garantizar una vida libre de violencia y sancionar la violencia contra las mujeres solamente le recomendaron ´cuidarse´”.

En sus señalamiento, indican que “atendiendo a las circunstancias calificativas contempladas por el mismo ordenamiento penal, se actualizan: la ventaja, toda vez que el feminicida es superior en fuerza, se encontraba armado y su destreza es mayor en el manejo de armas; la traición, porque el feminicida era su conyúge, por lo que traicionó la seguridad psicológica y física de Gaby durante su relación y posterior a su ruptura; la alevosía, ya que sorprendió intencionalmente a Gaby en su centro de trabajo, tras haber empleado acechanza, lo que indica que conocía sus horarios y rutinas, así como los momentos de menor afluencia de gente y, por tanto, de mayor vulnerabilidad; finalmente, existió saña, porque el feminicida actuó con crueldad, lo cual puede constatarse con las más de 30 puñaladas con las que arremetió contra una mujer que no estaba en condiciones de defenderse; en este mismo sentido, esto actualiza las fracciones II y V del artículo 120, sobre actos crueles y degradantes, así como de mutilación del cuerpo y su abandono en el centro de trabajo, el cual es un lugar abierto al público”.

En sus exigencias, señalan que “la Unidad Especializada de Investigación y Persecución del Homicidio Doloso, Homicidio Doloso contra la Mujer y Feminicidio, en el marco de sus atribuciones, coadyuve a que se condene al feminicida mediante la pena máxima y que vele por la reparación integral del daño de las víctimas indirectas.

“Exigimos al Poder Judicial del Estado de Michoacán, que garantice …, que se pronuncie de manera clara y contundente contra la violencia de género y la violencia feminicida en el Estado de Michoacán.

Exigimos al Congreso del Estado de Michoacán que reforme el Código Penal del Estado para que los delitos de feminicidio se castiguen de manera ejemplar y con penas máximas mayores y equiparables al grado de violencia y tortura que han vivido las víctimas, siguiendo principios de proporcionalidad mayores. No hacerlo normaliza la violencia de género e incumple con los estándares internacionales en materia de garantizar el acceso a las mujeres a una vida libre de violencia”.

El manifiesto está suscrito por las colectivas Colectiva Feminista “MAPAS” y “Que se Arme la Tejedera”.

Salir de la versión móvil