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Red de Colectivas Feministas rechaza actitudes del diputado Gaona

Plantea que la “la ley antiderechos”, es inconstitucional y viola los derechos de las mujeres a una maternidad con autonomía

El 27 de junio de 2016, Morelia y otros 13 municipios de Michoacán, recibieron la declaración de Alerta por Violencia de Género. | Agencia Comunicación Gráfica

Morelia, Mich.- El diputado el Partido del Trabajo, Baltazar Gaona García, “promueve un discurso de odio en contra de la mujeres, limita la libertad de expresión, obstaculiza la participación ciudadana, violenta. Esto lo hace justificando sus agresiones desde sus dogmas, en un Estado laico”, considera la Red de Colectivas Feministas.

En un posicionamiento ante las acciones del legislador, quien impulsa una iniciativa para otorgar derechos a los embriones, además de mantener un discurso contra las colectivas feministas, la organización señala que “no vamos a dejar que los diputados antiderechos antepongan sus ideas fundamentalistas y sus intereses económicos y personales por encima de los derechos humanos de las niñas y mujeres en #Michoacan.”

En un documento difundido en sus redes sociales, la Red plantea que la “la ley antiderechos”, como han bautizado a la iniciativa de Gaona, es inconstitucional y viola los derechos de las mujeres a una maternidad con autonomía.

“La INICIATIVA ANTIDERECHOS del diputado Baltazar Gaona, que ha promovido para reformar el artículo 48 de la Ley de Desarrollo Social para el Estado de Michoacán, por el derecho a la vida desde el momento de la concepción, es inconstitucionalidad con base en lo establecido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en una Acción de Inconstitucionalidad (SCJN, 148/2017)”, indica la Red.

“La SCJN reconoce el derecho exclusivo de las mujeres y personas con capacidad de gestar a la autonomía reproductiva y a la autodeterminación sobre la maternidad, que incluye la elección y libre acceso a:

“1) todas las formas de anticoncepción.

“2) las técnicas de reproducción asistida.

“3) la eventual interrupción del embarazo.

“La SCJN invalida la disposición que tutela el derecho a la vida desde la concepción y limita el derecho de las mujeres a la autonomía reproductiva, por ser contrario a los estándares nacionales e internacionales en materia de derechos humanos. Considera que las entidades federativas carecen de competencia para definir el origen de la vida humana, el concepto de ´persona´ y la titularidad de los derechos humanos, pues ello corresponde en exclusiva a la Constitución General.

En el caso de la iniciativa de Gaona, quien ha pedido impedir el paso a feministas al recinto legislativo, “la pretensión de otorgar el estatus de persona al embrión o feto y adoptar medidas restrictivas del derecho a la autonomía reproductiva de las mujeres y las personas gestantes, resulta inconstitucional. No es admisible establecer que el embrión y el feto merecen la misma protección jurídica que las personas nacidas, de las mujeres a la libertad reproductiva y su derecho a interrumpir el embarazo en determinados supuestos”.

Los principales esfuerzos del Estado, plantean, debe ser proteger la vida en gestación al igual que “proteger efectivamente los derechos de las mujeres y de las personas gestantes”, por lo que piden a las diputadas y diputados, “a ocuparse por los derechos de las niñas, jóvenes y mujeres adultas, dejar de limitar, restringir y violentar nuestros derechos humanos y reproductivos como lo están haciendo.”

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