Derechos laborales a salvo, al margen de conflictos internos sindicales: Centro Federal de Conciliación

Se mantiene el primero de mayo como fecha fatal para que sindicatos legitimen sus contratos colectivos de trabajo

Protestas de académicos, sin respuesta plena en cuanto a regularizar su dinámica interna sindical. | Agencia Comunicación Gráfica

Al margen de la actuación de dirigencias sindicales y sus conflictos internos, los derechos integrados en los Contratos Colectivos de Trabajo (CCT) están a salvo para los trabajadores, tanto en lo individual como colectivamente, dejó en claro Edgar Félix García Díaz, titular en Michoacán del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.

Los únicos trabajadores que estarían en riesgo, serían aquellos de sindicatos “de protección, blancos”, destinados a desaparecer en el proceso de legitimación de los CCT al no tener un soporte legal del mismo con la participación de sus afiliados.

El primero de mayo, precisó el funcionario, se mantiene como plazo fatal en la Reforma Laboral para el registro y legitimación de CCT, previa inscripción en la plataforma del sistema. “Todo aquel sindicato que no cubra el trámite, van a desaparecer sus contratos colectivos de trabajo”, señaló García Díaz.

Al participar en el Foro sobre Legitimación del Contrato Colectivo de Trabajo, organizado por las comisiones autónomas de Vigilancia, Honor y Justicia y de Hacienda del Sindicato de Profesores de la Universidad Michoacana (SPUM), el funcionario laboral aclaró que aunque se ha hablado de una ampliación de plazos, esta no se refiere concretamente a la actualización y legitimación de los contratos colectivos.

El acuerdo publicado apenas este martes, establece que la ampliación hasta el 31 de julio, correspondería para aquellos gremios que se extendieron en su proceso de registro para el trámite o bien el trámite se extendió en tiempo más allá de la fecha, dado que “el procedimiento no termina en un día, es un procedimiento largo que rebasa una semana.”

Dejó en claro que aquellos contratos que no hayan ingresado para el trámite a la plataforma del Centro de Conciliación y Registro, el día 2 de mayo ya no existirían legalmente, dado que no habría quien lo asuma de manera formal, lo que tampoco debe presuponer la pérdida de derechos en lo individual para los trabajadores.

En el caso del Sindicato de Profesores de la Universidad Michoacana (SPUM), inmerso en conflictos internos por una representatividad cuestionada a la dirigencia formal 2018-2021 y que sigue en funciones, García Díaz refirió que si no hay una legitimación del CCT respectivo, “el sindicato no desaparece, ese tiene su registro, el que desaparece es el Contrato Colectivo de Trabajo, que se puede volver a firmar de acuerdo al procedimiento, que es una constancia de representatividad”.

El Sindicato es quien debe decidir si quiere legitimar o no el Contrato Colectivo de Trabajo y no otra figura.

A partir de octubre, dijo, desaparecerían legalmente todos aquellos sindicatos “de protección” o “blancos”, simulados, y que se comprobará con el no registro de sus procesos de legitimación de contratos laborales.

En el evento realizado en el Centro de Información, Arte y Cultura en Ciudad Universitaria, el representante federal precisó que no hay riesgo de pérdida de garantías laborales, ante pregunta de un agremiado, que si no se pierden los derechos individuales, cuáles si se perderían de manera colectiva de no legitimarse el contrato en específico de los académicos de la UMSNH. “Al contrario, ganan”, observó, al señalar que antes los beneficios los firmaban las cúpulas dirigentes de los gremios, y bajo la nueva norma, ahora los acuerdos deben ser apoyados por “la democracia sindical”, a través de la votación sobre los derechos colectivos.

Ante preguntas donde se cuestionaba la actuación del Comité Ejecutivo General (CEG), que encabeza Jorge Luis Ávila Rojas, como el que querían obligar a firmar un documento a los representantes seccionales presuntamente como requisito para votar por la legitimación, el representante señaló que una cosa era la vida interna sindical y otra los procesos administrativos a los que se tienen que sujetar los procesos de la Reforma Laboral.

Señaló que la constancia para la autoridad laboral de que los agremiados están de acuerdo con un procedimiento es a través de listas, “para que nosotros sepamos si ese sindicato efectivamente cuenta con la representatividad que dice tener”.

En ese punto, algunos agremiados cuestionaron sobre la validez legal del padrón que presente entonces la dirigencia sindical, aspecto en el que García Díaz respondió que es el sindicato quien está obligado a actualizarlo y ante cualquier procedimiento, el Centro Federal de Conciliación se remitiría al último padrón generado.

Fueron insistentes las preguntas sobre si hay riesgo de pérdida de derechos, a lo que García Díaz fue reiterativo en señalar que el que no se legitime el CCT no implica tal escenario, solo se tendría que reponer el procedimiento con su actualización y si hay voluntad manifiesta de la dirigencia.

Cabe señalar que el Foro fue organizado por las comisiones autónomas del SPUM, sin la presencia de dirigentes formales del CEG, mismo que fue revocado por una corriente de académicos en abril del 2021 al cuestionarle su parcialidad ante el rector Raúl Cárdenas Navarro en la negociación contractual desde el 2019 hasta el 2022 y sin consultar a los órganos de gobierno gremiales.

No obstante, aunque el CEG que encabeza Ávila Rojas fue electo para el periodo 2018-2021, se mantiene con la presunta representatividad amparado en que detenta la toma de nota en su momento otorgada por la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, además de que el Consejo General -dominado en su mayoría por la dirigencia vigente-, no ha convocado de manera clara y transparente al proceso de renovación que tendría que darse en un Congreso General de Representantes.