Sesionará este jueves Congreso para remover al auditor superior

Un total de 24 de 40 diputados firmaron para removerlo de su cargo, situación que se definirá en sesión del pleno

El Congreso finalmente inhabilitó al ex auditor. | Agencia Comunicación Gráfica


Morelia, Mich.- Este martes fue turnado en sesión del Congreso de Michoacán a la Comisión Inspectora que preside Guillermina Ríos Torres, la petición firmada por 24 de los 40 diputados para remover de su cargo al auditor superior de Michoacán, Miguel Aguirre Abellaneda.
Voces al interior del Congreso establecen que la comisión inspectora podría sesionar este mismo miércoles, mientras que la sesión del Congreso donde incluso se pediría la comparecencia del auditor michoacano, sería este jueves.
De acuerdo con el diputado coordinador de la Representación Parlamentaria, Marco Polo Aguirre Chávez para solicitar la remoción se requieren 21 diputados los que tiene que hacer la petición ante el Pleno, pero para llevarla a cabo en sesión del Congreso deben votar 27 legisladores, que equivalen a dos terceras partes.
“Deben solicitarlo a la mesa, se entera al pleno y corresponde que la Mesa Directiva turnar a la Comisión Inspectora, la comisión recibe el documento revisarlo y analizarlo y proponer al pleno lo que conviene”, detalló.
Informó que se debe dar el derecho de audiencia al auditor en este caso y se tendría que ver en qué momento sería este paso. El diputado local aseguró que firmó este documento con la convicción n el tema, porque conoce la auditoría y por ello lo acompañó el proceso, pero eso no significa no escucharlo.
Por su parte, la presidenta de la Comisión Inspectora Guillermina Ríos Torres, no estableció cuando podría convocarse a sesión de comisiones, sin embargo, informó que se hizo una reunión previa con el coordinador del PRI, Jesús Hernández Peña, en donde dio a conocer este tema.
“Nos daba a conocer que habían tenido reunión en la Junta de Coordinación Política (JUCOPO) y que lo habían enterado del tema, yo como presidenta tengo mucho conocimiento de la comisión que encabezó, pero si nos hizo saber el coordinador que esa es la intención y ya se reflejó en la orden del día”, expuso.
La legisladora manifestó que tal como se había percibido es un tema político, “tenemos que esperar a ver qué sucede, y cada quien tendrá que hacer su trabajo, y defenderse. Ayer platicábamos con el coordinador, sobre todo analizábamos los puntos previos a la sesión y nos comentaba que él se abstuvo del tema, ahorita tendremos que platicar a ver en qué sentido vamos a dar nuestro voto, la fracción del PRI”, expresó.

Asegura diputado del PAN que seguirán juicio político de manera responsable

El presidente de la comisión Jurisdiccional, César Palafox Quintero, aseguró que en el juicio político actuaran con responsabilidad, pero advirtió que hay irregularidades que ha cometido el auditor, sin precisar cuáles, el político manifestó que en cuando llegue el documento le darán el cauce de acuerdo a lo que marca la ley en el juicio político.
“Actuar con responsabilidad y no a la ligera lo que es el tema de la remoción, hay varias irregularidades y uno como diputado y parte de la comisión inspectora debemos actuar”, dijo, al expresar que esta actuando de manera transparente y con legalidad.
Para el diputado local, la situación “tan delicada” exige que sesionen de manera inmediata, e incluso aprobar en “fast track” la remoción del auditor, porque hay muchos intereses. “Hoy se presentó a la Mesa Directiva y turnan a la comisión inspectora, se vería en su momento cuando pasa para su votación, es un tema delicado que tiene que darse de inmediato en el sentido de que hay muchos intereses”, expuso al señalar que mañana mismo se estaría sesionando.
En el caso de juicio político, aclaró hay varias etapas no pasa de inmediato a la comisión Jurisdiccional, se tiene un proceso que debe acreditarse para su dictamen con todos los documentos y llevaría más de tres meses.
Que dice la Ley
La Ley de Fiscalización Superior para el Estado, establece en el artículo 13 entre las causas específicas de remoción del Auditor Superior y de los Auditores Especiales: Incurrir en alguno de los supuestos que tiene previstos el artículo 15, misma que establece ejercer función alguna de dirección en cualquier asociación religiosa, institución pública, partido u organización política.
Desempeñar empleo, cargo o comisión, salvo las actividades no remuneradas de la academia, docencia, investigación o de beneficencia; y, hacer del conocimiento de terceros o difundir de cualquier forma, la información confidencial o reservada que tengan bajo su custodia, por sí o por interpósita persona.
También ausentarse de sus labores sin causa justificada que califique la Comisión, previo informe a la Junta de Coordinación Política, para los efectos legales a que haya lugar; sustraer, omitir, destruir, ocultar o utilizar indebidamente la documentación que por razón de su cargo tenga a su cuidado o custodia, así como divulgar a información que deba mantener en reserva; abstenerse, sin causa justificada ante la Comisión, de rendir los informes de resultados, en los tiempos que marca la Ley.
Así como permitir cualquier influencia de persona externa en el desempeño de sus funciones; conducirse con parcialidad en el desempeño de sus funciones; la ausencia del Auditor Superior, será cubierta por el Auditor Especial de Normatividad y Control de Calidad, como encargado de despacho; ante la imposibilidad de éste, por el Auditor Especial de Fiscalización Estatal o por el Auditor Especial de Fiscalización Municipal.