Esta noche definen procedencia de juicio político contra ex auditor

La decisión, en las comisiones unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales; de proceder, tardaría hasta dos meses y medio

El titular de la Secretaría de Finanzas compareció ante el Congreso local | Agencia Comunicación Gráfica

Morelia, Mich.- Este jueves en la noche las comisiones unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales del Congreso de Michoacán, determinarán la procedencia del juicio político contra el ex auditor de Michoacán, Miguel Ángel Aguirre Abellaneda, dando trámite a la denuncia presentada por la Secretaría de la Contraloría del Estado de Michoacán, por enriquecimiento ilícito y actos de corrupción.

El documento, de acuerdo con la diputada presidenta de las comisiones unidas, Mónica Lariza Pérez Campos, será analizado en los términos que establece la ley, solo tocará a los diputados darle trámite para ver su procedencia, en tanto el procedimiento estará en manos de la comisión jurisdiccional.

“Estamos en revisión, si cumple, va seguir al siguiente tema y si no cumpliera no pasaría, parece que hasta ahora todo va bien”, comentó sobre este juicio.

Explicó que cuentan con 20 días naturales para determinar la procedencia, pero esto se llevará a cabo este martes, se espera que el próximo jueves sea votado en sesión extraordinaria del Congreso del Estado de Michoacán.

Detalló que hasta el momento no tienen ninguna de las 22 denuncias que habrían presentado alcaldes michoacanos contra el auditor, por presuntos actos de extorsión.

El siguiente paso informó será que una vez que se vote en el Pleno, se envíe a la comisión jurisdiccional.

Duraría dos meses y medio juicio político

De acuerdo a la Ley Orgánica del Congreso del Estado, la denuncia de juicio político se turna a las Comisiones de Gobernación, de Puntos Constitucionales y de Justicia para determinar la procedencia, pero el desahogo del procedimiento corresponde a la Comisión Jurisdiccional.

En estos términos se prevé que el Congreso del Estado se erigirá en Jurado de Sentencia para declarar si ha o no lugar, a proceder contra los que gocen de fuero constitucional, cuando sean acusados por delitos del orden común o federal.

A los tres días se debe ratificar la denuncia. La Comisión Jurisdiccional practicará todas las diligencias necesarias para la comprobación de la conducta, al haber determinado la procedencia del juicio político, dentro de los tres días hábiles siguientes se notificará por escrito al denunciado, sobre la materia de la denuncia, haciéndole saber su garantía de defensa y que deberá a su elección comparecer o informar por escrito sus excepciones dentro de los siete días hábiles siguientes a la notificación.

Transcurridos los siete días, la Comisión Jurisdiccional abrirá un período de prueba de 30 días naturales, dentro del cual recibirá las pruebas que ofrezcan el denunciante, el servidor público o su defensor. Si al concluir el plazo señalado, no hubiere sido posible recibir las pruebas ofrecidas oportunamente, o es preciso allegarse otras, la Comisión podrá ampliarlo hasta por 15 días más, en la medida que resulte necesario.

Concluido este periodo de pruebas, se sigue el periodo de alegatos durante seis días, y será concluido este periodo en que se llevarán a cabo las conclusiones en un periodo de 15 días, y el dictamen se propondrá ante el Pleno.

El presidente del Congreso citará al Pleno para erigirse en Jurado de Sentencia y a la Comisión Jurisdiccional como órgano de acusación, dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha en que se hubiere presentado el dictamen.