Estado debe garantizar suministro de medicamentos, ordena la SCJN

El problema del desabasto de medicamentos, extensivo para varias enfermedades. | Fotografía: Archivo

Morelia, Michoacán.- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dictaminó que el Estado tiene la responsabilidad de asegurar el suministro oportuno de medicamentos, garantizando así el derecho fundamental a la salud de los ciudadanos.

Medainte un comunicado, la Corte señala que en caso de no cumplir con el suministro del fármaco debido, deberá reembolsarse al paciente los gastos por la compra del medicamente requerido, “toda vez que, al interrumpirse el suministro del medicamento, se vulneró el derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental”.

La resolución derivó por el amparo que una persona promovió contra la omisión de un Hospital Regional del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) de entregarle oportunamente el medicamento prescrito y ante la urgencia del mismo debió adquirirlo por cuenta propia.

En casos de enfermedades que requieren medicación periódica, el Estado debe actuar con diligencia, ya que de ello dependen la vida, la integridad y la seguridad de las personas.

La sentencia establece que, en situaciones donde el Estado no cumpla con el suministro adecuado del medicamento, deberá reembolsar al paciente los gastos incurridos en la adquisición por cuenta propia. 

Dicha medida busca resarcir la vulneración al derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental.

La decisión de la Primera Sala enfatiza que el artículo 4º constitucional reconoce el derecho a la protección de la salud como un servicio básico que incluye la atención médica.

La Corte afirmó que las autoridades de salud tienen la obligación de implementar acciones destinadas a medir y favorecer el derecho a la salud, en cumplimiento con los principios establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, reiterando la necesidad de salvaguardar la salud de los ciudadanos como prioridad fundamental.