Improcedente, elección de febrero para renovar al SPUM; deberá reponerse el proceso

De acuerdo con el Centro Federal, no se convocó a la renovación a través del Consejo General ni con la realización de una Asamblea General.

Un docente vota en el Auditorio de Usos Múltiples, en Ciudad Universitaria, el pasado 22 de febrero.

Morelia, Mich.- Improcedente, calificó el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, la solicitud de toma de nota solicitado por la Comisión Organizadora que organizó el proceso de renovación en el Sindicato de Profesores de la Universidad Michoacana (SPUM), al margen de órganos de gobierno gremiales y de los procesos que marca la reforma laboral.

En un dictamen fechado el pasado 3 de abril, la Coordinación General de Registro de Asociaciones y la Dirección de Actualización y Registro Sindical del CFCRL establecieron lo anterior sobre el proceso realizado el pasado 22 y 23 de febrero y en el cual habría resultado ganadora la planilla Plata con más de mil 800 votos de agremiados del SPUM.

Cabe señalar que desde que se convocó al proceso, varias corrientes de opinión al interior del sindicato lo calificaron de ilegal al no contar con el aval ni el acompañamiento del CFCRL. La Comisión Organizadora fue autonombrada por un grupo de ex dirigentes sindicales y decidió los plazos para el registro de planillas, la instalación de centros de votación y el desarrollo de las votaciones.

En ningún momento del proceso convocado, se contó con un pronunciamiento del CFCRL, el cual ahora plantea que se debieron respetar los estatutos sindicales que marcan que solamente el Consejo General es la única instancia para emitir la convocatoria respectiva y establecer fecha y hora de una asamblea general para realizar las votaciones.

La Comisión Electoral, integrada también por ex dirigentes, representante seccionales y docentes, demandó luego de las elecciones al CFCRL la toma de nota en un trámite que se consideró debería responderse en diez días y que rebasó este término.

En su resolutivo, los órganos del CFCRL apelan a la impugnación presentada al proceso de renovación por los sindicalistas Antonio Canedo Flores, Joel Caro Ruiz y Luisa María Sáenz Gallegos, quienes reclamaron la ilegalidad del proceso por parte de la Comisión Organizadora al no apelar al Consejo General además de referir los conflictos internos en el gremio y una serie de amparos  no resueltos en contra del Comité Ejecutivo General que encabeza Jorge Luis Ávila Rojas, el cual fuera desconocido en el 2021 y a la fecha se mantiene no obstante que su periodo estatutario sólo comprendía los años 2018 a 2021.

En el resolutivo del CFCRL se establece además que se deberá reponer el proceso convocando a una nueva elección en los términos que plantea el estatuto sindical, el cual ya fue emprendido por Ávila Rojas y su grupo con una fecha para la elección prevista para el 19 de mayo próximo, aunque en este caso no hay ningún pronunciamiento todavía de las autoridades laborales de la federación.

El riesgo para varios sindicalistas es que se vaya a validar un proceso convocado por una dirigencia revocada en su mandato por un grupo de agremiados desde el 2021, quien al igual que la mencionada Comisión Organizadora, hizo uso de un padrón irregular en el que se encuentran fallecidos o quienes ya no laboran en la Universidad Michoacana, factor que no ha cuestionado en ningún momento el CFCRL en anteriores procesos de legitimación del Contrato Colectivo de Trabajo y su revisión contractual.