Anuncia el INE periodo de prevención al PRD

La Comisión de Fiscalización deberá designar en los próximos días a la persona interventora en el procedimiento de liquidación.

El PRD, el gran perdedor en los comicios del pasado 2 de junio. | Fotografía: Prensa PRD.

Ciudad de México.- El Partido de la Revolución Democrática fue notificado por el Instituto Nacional Electoral (INE), del inicio de periodo de prevención hacia su eventual desaparición “en virtud de no haber alcanzado el 3 por ciento de la votación válida emitida el pasado 2 de junio conforme a los cómputos distritales.”

“Conforme al artículo 94 de la Ley General de Partidos Políticos, una fuerza partidista entra en un periodo de prevención cuando se ubica en alguno de los supuestos de pérdida de registro como partido político nacional”, señala un comunicado del organismo electoral.

“De esta manera se inicia el procedimiento considerado en los artículos del 382 Bis al 398 del Reglamento de Fiscalización, relativos al procedimiento de liquidación compuesto por las etapas de prevención y, en su caso, liquidación.

“El periodo de prevención inicia a partir de que, de los cómputos que realicen los consejos distritales se desprende que un partido político nacional o local, no obtuvo el 3 % de la votación y hasta que, en su caso, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirme la declaración de pérdida de registro.

“Por lo tanto, a partir de ahora el PRD deberá sujetarse a lo establecido en los artículos 385, numerales 2 y 3, y 386 del Reglamento de Fiscalización”, indica la información, lo cual le implica cumplir, entre otras, con las siguientes obligaciones:

-Sólo se podrán pagar gastos relacionados con la nómina e impuestos.

-Deberá suspender cualquier pago a proveedores o prestadores de servicios.

-No      podrá   celebrar           contratos,        compromisos, pedidos,          adquisiciones  u obligaciones. Las que celebre, adquiera o realice, serán nulas.

-Suspender pagos de obligaciones vencidas.

-Abstenerse de enajenar activos del partido político.

-Abstenerse de realizar transferencias de recursos o valores a favor de persona alguna, independientemente de que se trate de sus trabajadores, dirigentes, militantes, simpatizantes o cualquier otro tercero.

-Deberá entregar de manera formal, a través de Acta de entrega recepción al interventor, describiendo a detalle los activos y pasivos que constituyen el patrimonio del partido, así como las contingencias de las que se tenga conocimiento.

-No podrá realizar actividades distintas de las encaminadas a la recuperación de cuentas y a hacer líquido su patrimonio.

La Comisión de Fiscalización deberá designar en los próximos días a la persona que fungirá como interventora en el procedimiento de liquidación, señala finalmente el INE.