ECOS LATINOAMERICANOS: Una reforma judicial para México

Diálogos para la reforma judicial. | Fotografía: Carlos Mejía/El Universal

Desde la victoria de Claudia Sheinbaum el pasado 2 de junio, se ha hablado mucho  de una posible reforma al poder judicial que entre otras cosas permitiría la elección directa de autoridades judiciales por parte de la ciudadanía, esto desde luego no ha sido exento de crítica. Sin embargo, desde hacía tiempo el gobierno actual había manifestado su interés en las reformas al poder judicial, el cual considera que está bastante corrompido. Por su parte la oposición ha estado señalando que esta reforma no es más que una tentativa de socavar la independencia judicial y así permitir menor vigilancia en las acciones políticas del gobierno entrante.

Al final, ambas premisas pueden tener algo de verdad, sin embargo, no terminan de desarrollar un debate profundo sobre la temática compleja que conlleva una reforma sustancial al poder judicial, concretamente en la vigilancia y funcionamiento de sus autoridades centrales.

Es verdad que la situación institucional de México deja mucho que desear, existe una desconfianza muy grande en la mayoría de las áreas de la administración pública, sin que el poder judicial sea una excepción. Razones para ello sobran, son muy pocas las instituciones que poseen servicio profesional de carrera, así como el hecho de que la mayoría de las instituciones públicas tienen órganos de supervisión y vigilancia bastante deficientes que rara vez hacen su trabajo conforme marca la ley.

De manera muy básica, puede decirse que en México el Estado de Derecho en general está bastante bajo. Las leyes mexicanas siempre han tendido a existir más en la teoría que en la práctica. De facto la legislación mexicana siempre ha tenido dificultad por concretarse en cuestiones prácticas.

Siguiendo esta perspectiva se comprende bien la pretensión del oficialismo para reformar el poder judicial, o en todo caso hay al menos una razón creíble para ello. No obstante, la propuesta oficialista no parece contemplar cambios sustanciales en los puntos clave que tienen que tratarse para mejorar la impartición de justicia en México, más bien su eje fundamental es el reemplazo y cambio en la forma de elegir las autoridades judiciales.

Aunque esto último no es algo que sea necesariamente malo, si no se realizan los cambios sustanciales para garantizar una justicia pronta y expedita, la elección de autoridades judiciales por voto popular no tendrá ningún tipo de repercusión positiva.

No hay que perder de vista que México es de los países del planeta simultáneamente con mayor grado de corrupción como de impunidad. Al crimen le resulta bastante conveniente el actual sistema de seguridad y justicia del país, pero con las propuestas de reforma actuales del oficialismo no parece haber un cambio serio en la dinámica de sistema de justicia en general, incluyendo el penal.

Y este último necesariamente debe cambiarse de raíz para ayudar en el combate contra la violencia e inseguridad. Difícilmente un juez o magistrado que sea electo por voto directo tendrá un actuar distinto a las autoridades del sistema actual si no se le dan las herramientas y condiciones necesarias para que realmente pueda impartir justicia.

Lo primordial es generar órganos de vigilancia que no solo obliguen a las autoridades a rendir cuentas en elementos netamente formales, sino también la calidad en sus resoluciones; es correcto que en teoría el Consejo de la Judicatura Federal cumple en parte esta situación, pero su actuar está muy limitado por la propia forma en la que está compuesto, y de nueva cuenta esto no cambiaria mucho si se pone a elección directa.

Más bien debería haber más filtros como exámenes no solo de conocimiento, sino psicotrópicos, así como pruebas periódicas de rendimientos para asegurar que los oficiales judiciales cumplan adecuadamente su trabajo, así como también incluir periodos de instrucción obligatorios para los nuevos integrantes en cualquiera de las instancias judiciales correspondientes, que no solo se limite al conocimiento técnico-jurídico sino que incluso permita garantizar en los funcionarios judiciales orientación cívica-institucional para atender mejor las dudas de los ciudadanos que acuden directamente al poder judicial por alguna posible problemática.

Debe también asegurarse en todas las instancias judiciales, incluyendo los ámbitos administrativos y electorales, se cuente con los métodos coercitivos para asegurar valer las resoluciones correspondientes. Ya que de nada servirá una resolución bien fundamentada y hecha en los tiempos procesales correctos, si en la práctica la falta de una fuerza coactiva no permite que sean ejecutadas correctamente las disposiciones judiciales correspondientes. Sobre todo, esto último cuando se habla de sancionar a una autoridad por incumplimiento u omisión en sus funciones oficiales.

También deben estar bien calibradas las formas de elegir a los miembros de los órganos de control interno de estas instancias judiciales, con el propósito de que su elección, permanencia y renovación se haga de tal forma que no ocurra simultáneamente con todos los miembros de dichas áreas, sino que sea gradual respecto de cada miembro, así como que sea por una forma de elección que evite sesgos partidistas o designaciones directas de parte de otras autoridades judiciales.

Y respecto a la materia penal, no solo debe restructurarse el aparato judicial para evitar sobornos y chantajes de parte de alguno de los involucrados en los casos estudiados por las autoridades judiciales penales, sino incluso debe tener protección contra presiones políticas o de otra índole que dificulten al juzgador de operar conforme a la ley; pero lo más relevante en esta rama jurídica es la restructuración de raíz de las fiscalías, así como de las policías.

Aunque el actuar judicial en materia penal arroja dudas sobre su eficacia y capacidad, el eslabón más débil en el aspecto penal es la labor de las fiscalías. Estos órganos de procuración de justicia son los menos profesionalizados de prácticamente todas las instancias institucionales oficiales, porque el Estado mexicano nunca ha tenido interés en brindar una verdadera profesionalización ni a las fiscalías ni a las policías tampoco.

Lo anterior obedece a razones de tener un control político justamente en la materia penal y que los casos comprometedores o complejos, no se resuelvan en el ámbito judicial, que es como debería, sino más bien por influencia y juego político. Esto mismo se evidencia al otorgar a las fiscalías la facultad de brindar medidas de protección y cautelares, cuando eso debería exclusivamente una facultad de la autoridad judicial correspondiente. Por lo anterior las fiscalías y policías deben estar calibradas para tener la menor politización posible y obedecer conforme dictamina lo establecido por la ley y no por lo compromisos políticos de los titulares de área en turno.

Por ello una reforma judicial, forzosamente debe contemplar también a estas dos corporaciones para realmente establecer una estructura de justicia que el ciudadano promedio pueda utilizar con la mayor facilidad posible. Ello obliga entonces a que debe existir una fiscalía y una policía cuya estructura tenga un servicio profesional de carrera, con exámenes no solo de confianza y técnico-jurídicos, sino psicológicos, así como con pruebas y regularizaciones profesionales de forma periódica para evitar parasitismo y abusos de autoridades que quieran perpetuarse.

Pero lo anterior involucra también tener instancias jurídico-administrativas que sancionen efectivamente a las autoridades fiscales y policiales en caso del mal cumplimiento e inacción. Sin estos elementos no será posible la construcción de un sistema de justicia penal verdaderamente eficiente.

Sin duda alguna es necesaria una restructuración en el sistema de justicia en México, pero la prisa o la efervescencia política no debe cegar sobre el tipo de cambios reales y sustanciales que el país verdaderamente necesita. Es debatible si es mejor elegir directamente a las autoridades judiciales o dejar que se establezcan tal como señalan los parámetros actuales, pero se reitera que esto no tendrá demasiada relevancia para mejorar el sistema judicial si los componentes que lo hace semi inoperante continúan existiendo.

La mejor reforma judicial, es aquella que busque profesionalizar todas las instancias que formen parte del entramado de impartición de justicia, así como establecer mecanismos sancionatorios y de vigilancia eficientes para asegurarse que las autoridades encargadas de impartir justicia lo hagan estrictamente sobre lo que indica la ley. De lo contrario la reforma planteada únicamente será un simple formalismo sin que represente un cambio real en la eficiencia judicial.