SINDICALISMO CRÍTICO NICOLAITA: Las condiciones para la Legitimación del Contrato Colectivo del SPUM

Desde 2011 se hizo habitual la falta de pago de los salarios y prestaciones de fin de año en tiempo y forma. (Foto: especial)

Desde el inicio de año, en el micrositio del Sistema de Registro de eventos para la Legitimación de Contratos Colectivos de Trabajo del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, se incluyó un script o fragmento de programa para mostrar la cuenta regresiva del plazo de vencimiento para realizar el trámite de legitimación, el cual concluye el primero de mayo de 2023.

Este proceso es trascendente para los agremiados a toda organización sindical, pues la contratación colectiva, a diferencia de la individual, permite que se establezcan condiciones y lineamientos entre los trabajadores y la patronal que serán observados y sancionados por la organización gremial, promueve que se acceda a prestaciones superiores a las de Ley y en general de las condiciones de trabajo, asimismo permite que se acuerden los salarios, la jornada laboral, los asuetos, entre otros aspectos.

Además, se tiene como instrumento de defensa el derecho a huelga cuando la patronal incumple lo pactado y se defiende colectivamente al trabajador de los abusos y decisiones arbitrarias que pudiera tomar la patronal, se asegura la negociación colectiva, que la Organización Internacional del Trabajo reafirmó como un derecho fundamental en el trabajo en 1998, mecanismo a través del cual se convienen salarios justos y condiciones de trabajo dignas y adecuadas.

Si un Contrato Colectivo de Trabajo (CCT) no se legitima por la mayoría de los miembros a los que ese contrato ampara y protege, la relación colectiva de trabajo se suspende con todas las características y ventajas que anteriormente se describieron, no se pierde ningún derecho, pero la representación sindical, a partir del último contrato, debe reestablecer una negociación con las bases, subsanando las deficiencias u observaciones por las cuales haya sido rechazado por las bases y con la patronal.

De lo anterior, se advierte que el riesgo de no llevar a cabo un proceso de legitimación del Contrato Colectivo participativo, transparente y concertado es el rechazo del CCT, la pérdida del carácter colectivo de la contratación con sus prerrogativas y por supuesto el riesgo de negociar nuevas condiciones con la patronal. El pasado 3 de febrero el Comité Ejecutivo General 2018-2021, caduco, ahora autoimpuesto y revocado del Sindicato de Profesores de la Universidad Michoacana (SPUM), convocó a reunión de Consejo General a través de llamada telefónica exclusiva a sus allegados, esta vez la supuesta sesión permanente no se realizó en las inmuebles universitarios con vigilancia institucional, se realizó en el auditorio del SPUM.

En la sesión, se presentó a un abogado que supuestamente llevará el proceso de legitimación del CCT de los trabajadores académicos, quien explicó a los asistentes, con algunas imprecisiones, el procedimiento en comento.

La respuesta y discusiones de las bases en las redes sociales no se hicieron esperar; mientras algunas secciones cuestionaban por qué el Consejo General no había exigido que se emitiera la Convocatoria para la renovación, otros cuestionaban la tibieza y actitud sumisa de los otrora fieros cuestionadores de cada acción del Comité Ejecutivo General Interino (CEGI) ante el Comité 18-21 revocado; otros, señalaron la suplantación de las decisiones de los seccionales de los deseos de sus representados. Además de lo anterior, es de cuestionarse por qué los asistentes ni siquiera se atrevieron a poner a consideración la búsqueda de otras opiniones sobre la legitimación y asumieron dócilmente lo propuesto por el abogado que llevó el Comité revocado.

Es decir, se acepta acríticamente entrar al procedimiento de legitimación de un CCT que desde un inicio no fue avalado por las bases, con una dirigencia revocada, que no es de confianza y que seguramente va a realizar todas las artimañas ilegales que suele aplicar para sacar ventaja y afianzar los acuerdos que hizo con el anterior rectorado para proteger sus irregularidades. Ejemplo de ello es la incorrecta operación del programa derivado del “Convenio Mediante el cual se establecen las condiciones para que surta efectos el colateral convenio laboral que identifica las cláusulas 131, 132 y 136 del Contrato Colectivo de Trabajo aplicable a los trabajadores académicos de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo”, además se está llevando a cabo una supuesta revisión de violaciones que, por supuesto son tratadas de manera opaca y discrecional, sin resolver la situación y problemáticas de distintos trabajadores, sin conocer el listado como se hacía en otros años.

El pasado jueves la Rectora de la UMSNH se reunió con los Directores de las dependencias universitarias y otros funcionarios, en esta reunión se dio a conocer que habían sido identificadas 190 promociones otorgadas de manera irregular, con casos en que se otorgaron promociones indebidas de profesores de asignatura con pocas horas a profesores investigadores titulares “C”, la más alta categoría académica, además se comentó que el costo de esas promociones era de 90 millones de pesos. También, ha trascendido que se suspendieron los pagos de horas a profesores cuyos horarios se traslapaban en dos o más dependencias, seguramente estas promociones e irregularidades favorecieron a la gente que se prestó a las ilegalidades y persecución de trabajadores en el rectorado anterior, con la complicidad de los respectivos directivos, los cuales deben ser sancionados.

Asimismo, se informó a los directores que los recursos propios generados de cada dependencia habían sido aplicados en su totalidad en un tiempo muy corto por el rectorado anterior, pues tras un supuesto acuerdo del Consejo Universitario que no aparece ni en las relatorías del Consejo Universitario, ni en la cada vez más famélica e insubstancial Gaceta Nicolaita (para ello se hizo cambio de Director y se desaparecieron los números anteriores), se avaló a la administración  de Cárdenas Navarro disponer de estos.

En días pasados, además se hizo del conocimiento de los universitarios que se adeudaban impuestos y el pago de servicios públicos y poco a poco se irán ventilando las evidencias de la incapacidad e ilegalidades de las autoridades de la UMSNH de la pasada administración, sus abusos y afectaciones a la institución y su comunidad, sin embargo, es una práctica común de políticos y funcionarios que al cambiar administración se señalan y difunden mediáticamente los abusos para dar la impresión de cambio y rigor, lamentablemente al final los culpables quedan impunes. Se esperaría que este no sea el caso, aunque la administración actual ha dejado a algunos funcionarios del rectorado anterior que no comparten, ni practican los preceptos de la UMSNH.

Ante todas estas afectaciones, nuevamente se hace un llamado a los grupos sindicales genuinamente interesados en rescatar al SPUM y en los trabajadores académicos, para que se organicen y exijan la renovación inmediata de la dirigencia sindical y atender los retos que vienen, no se debe consentir que un grupo que sacó ventaja y atendió únicamente a sus intereses a través del ocultamiento de información y consintió el ataque a los trabajadores, continúe, existe el tiempo justo para realizar el cambio de dirigencia, trazar y ejecutar el plan de acción para atender los pendientes sindicales, analizar lo que hay, los compromisos pactados unilateralmente y las amenazas para llegar a un consenso sobre las consideraciones que debe contemplar el CCT y lo más conveniente para la defensa de los trabajadores y la supervivencia de la organización gremial.