Kuarichas operan en la ilegalidad, debido a que Gobierno no emite reglamento

Son más de 100 rondas comunitarias, 30 en proceso de certificación, según las reformas aprobadas, pero impedidas de actuar en un marco legal

Movilización de comunidades en julio de 2022 en el Congreso estatal, para demandar aprobación de ley que incorporara la figura de vigilancia comunal. | Agencia Comunicación Gráfica

Morelia, Mich. – A diez meses de haberse aprobado por el Congreso de Michoacán las reformas a la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública para el reconocimiento de las kuarichas como un cuerpo de seguridad, hasta el momento las secretarías de Gobierno y de Seguridad Pública, no han emitido el reglamento en la materia, lo que limita su funcionamiento dentro de la legalidad.

Por parte del gobierno estatal se ha se ha dado reconocimiento a 30 de 100 rondas comunitarias que realizan labores de vigilancia. Pero sin reglamento, según las reformas aprobadas, no podrán operar estos rondines, solo podrán entrar en vigor una vez que sea publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado el reglamento, y deben integrarse a la Secretaría de Seguridad Pública del Estado para efectos de coordinación, certificación y capacitación.

Pavel Ulianov Guzmán Macario, integrante del Consejo Supremo Indígena de Michoacán, expuso que, el reglamento de las kuarichas aún no es aprobado ni por la Secretaría de Seguridad Pública ni por las comunidades indígenas.

El Gobierno del Estado a través de sus órganos presentó la propuesta de reglamento, luego las comunidades indígenas que conforman el Consejo Supremo, es decir, 11 consejos de gobierno y demás miembros hicieron una contrapropuesta, mismo que analizaron autoridades y volvió a regresar, en donde el 70 por ciento de las propuestas que hicieron las comunidades las aprobó el Estado.

Explicó que están en proceso de revisar el 30% de las observaciones realizadas al documento, y en caso de no llegar a un consenso, podrían ir por a ruta legal para impugnar la decisión que se tome por parte del Ejecutivo Estatal. “Vamos a revisar ese 30 por ciento, y vamos a decidir si aceptamos o no la explicación que nos da el gobierno del Estado o impugnamos el reglamento y la Ley de Seguridad”, dijo, al señalar que la propuesta tiene más de 100 artículos.

Agregó que el principal obstáculo para avanzar en la generación del reglamento, es que el Gobierno del Estado no entiende que la máxima autoridad de las comunidades indígenas es la Asamblea General, quien pone quita, propone, evalúa y sanciona a las rondas comunitarias incluso a los comisariados y Jefes de Tenencia, y en los autogobiernos la autoridad no es la Secretaría de Seguridad Pública.

Explicó que son 30 consejos de Gobierno Comunal los que tienen su ronda, de estos un 10% tienen un avance y son las que reconoce el estado, mientras que otras están desconocidas por el Gobierno Estatal, tal es el caso Nurio, cuya ronda nació en el 2004 y lo mismo ocurre Ostula donde hay un grupo que tiene rondas de facto.

“La mayoría de comunidades tienen rondas. Estamos hablando de 100 rondas y solo se reconocen 30. Solo les dan portación de arma una vez que acreditan el C3, la academia y son procesos largos hasta de un año. Entre 20 a 25 es el promedio de elementos por ronda”, precisó.

Dijo que existe un número de más de 100 rondas que trabajan de facto, con objetos contundentes y se organizan para cuidar en sus fiestas patronales y poner el orden público en algunas comunidades, por lo que existe la ronda institucional y la de pueblo, la institucional las que tienen consejo, pero la del pueblo no desaparece.

En julio del 2022 aprobadas reformas

En julio del 2022 cuando el Congreso del Estado de Michoacán aprobó las reformas a la Ley en materia de seguridad, donde se dio reconocimiento a las kuarichas, rondas y rondines comunales, o sus equivalentes de acuerdo a los sistemas normativos internos de los pueblos y comunidades indígenas. Se estableció que serían consideradas como cuerpos de seguridad comunal de aquellas comunidades indígenas que, determinen su autogobierno, ejerzan su presupuesto directo y sean reconocidas con ese carácter por las autoridades competentes.

La función de estas kuarichas es de proporcionar atención a víctimas u ofendidos o testigos del delito, prestar protección y auxilio inmediato. Recibir denuncias sobre hechos que puedan ser constitutivos de delito e informar al Ministerio Público de las diligencias practicadas.

También señala que las kuarichas, rondas y rondines comunales, solo podrán realizar funciones de policía si cumplen con los requisitos que establece la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Pública y la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública, asimismo, podrán ser cesados o sancionados en términos de estas leyes.