El interés superior del estudiante y el derecho a la educación

"Los estudiantes denunciaron una anomalía y lucharon por una causa justa en beneficio de todos sus compañeros..."

Encuentro de jefes de grupo de la Facultad de Medicina con el equipo de Yarabí Ávila González, quien impuso un discurso autoritario ante los estudiantes. | Fotografía: Cortesía Prensa UMSNH

En 2019, un estudiante de Derecho de la Universidad Santiago de Cali, después de haber emitido declaraciones sobre el cambio unilateral en la modalidad de impartición de los cursos en un noticiero, fue sentenciado por las autoridades universitarias a cancelar su matrícula, privarlo de sus derechos a la gratuidad, estímulos y cargos honoríficos y se le mandó recibir apoyo e intervención psicológica en el área universitaria correspondiente, ya que las autoridades consideraron que sus declaraciones afectaron el buen nombre de la institución.

En tercera instancia del amparo interpuesto por el estudiante en contra de la medida de la Universidad, mediante la Sentencia T-089/19. DERECHO A LA LIBERTAD DE EXPRESION, DEBIDO PROCESO Y EDUCACION SUPERIOR, la Sala Novena de Revisión de la Corte Constitucional de Colombia, determinó que, aunque la Universidad justificó “su actuación” bajo el principio de autonomía universitaria (misma que en la Universidad Michoacana está depositada en su comunidad, según la Ley Orgánica), se vulneró el derecho del estudiante a la libertad de expresión sobre asuntos de interés público.

De acuerdo con la información del sitio web Ámbito Jurídico, para el alto tribunal, en una Universidad la libertad de expresión adquiere una especial protección y fuerza, porque es el espacio de intercambio de ideas, de la creación, fomento, expansión de opiniones o tendencias por excelencia y la diversidad e intercambio de esas expresiones son la condición básica “para el desarrollo del propósito de las universidades, la formación de ciudadanos críticos del contexto en el que se encuentran, a partir de la libre transferencia y deliberación del conocimiento” (https://www.ambitojuridico.com/).

En la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (UMSNH), un grupo de estudiantes de la Facultad de Medicina tomó las instalaciones de esa dependencia para manifestarse en contra del cobro de 2 mil pesos, más el costo de traslados, por la ocurrencia de las autoridades de que se cursara la materia de Inglés en el Departamento de Idiomas. Se sabe que esta fue una acción que Silvia Hernández Capi, la ultra-silvanista secretaria administrativa de Raúl Cárdenas Navarro, quiso implantar en varias dependencias universitarias.

Ante esto, cabe cuestionarse cuál fue el interés particular de la represora, visceral y transgresora de la funcionaria en “beneficiar al Departamento de Idiomas” y por qué adjudicarles a los estudiantes y sus familias ese gasto adicional cuando hay maestros contratados en ese Departamento cuyo salario ya está presupuestado y a los que se les podrían cargar esas materias en su plan de trabajo, ¿cómo es posible que se determine un cobro adicional por alguna asignatura que se encuentra en un plan de estudios avalado por el Consejo Universitario?, ¿por qué obligar a los estudiantes a tomar cierta asignatura fuera de la dependencia cuando esta cuenta con la infraestructura para que sea impartida ahí?

Pero lo anterior no sólo perjudica a los estudiantes y sus padres por tener que desembolsar recursos, sino, ese tipo de acciones unilaterales, propiciadas por las autoridades y Directores y consentidas por el corrupto Comité Ejecutivo 18-21 del Sindicato de Profesores de la Universidad Michoacana (SPUM), encabezado por Jorge Luis Ávila Rojas, impactan la materia de trabajo, ya sea por su reducción, al quitar materias o cerrar secciones o por el cambio de condiciones laborales, afectaciones ante las cuales los académicos se encuentran en total indefensión.

Es del conocimiento de la comunidad universitaria que en la Facultad de Medicina se encuentra parte de la administración de Cárdenas Navarro protegida por el director, que a su vez le debe el puesto a Silvia Hernández Capi. Además, la secretaria académica que resultó destituida por no atender a los estudiantes, es hija de esta ex-funcionaria y se estaba investigando, vía acceso a la información pública, si cobraba doble plaza en la Universidad y en una Institución de Salud, un contrasentido a la política de “orden administrativo” que su propia madre impuso para amedrentar a los académicos y justificar el despido de algunos de ellos. También, la representante de enlaces de género de la Facultad de Medicina es la abogada Ana Teresa Malacara Salgado, ex–abogada general y ex-segunda vocal asesora del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Universidad.

El pasado viernes se transmitió la reunión que algunas autoridades y funcionarios encabezados por la rectora Yarabí Ávila González, sostuvieron con los estudiantes que tomaron la Facultad de Medicina y en esta y una rueda de prensa del día anterior, no sólo se les amenazó con seguirles proceso por las afectaciones a las actividades universitarias, sino que se les señaló de no haber actuado conforme a las formas, de carecer de personalidad jurídica como jefes de grupo, se les llamó a la “reflexión” acerca de la afectación a la imagen de la Universidad, de ellos mismos cuando egresen, las afectaciones a los docentes, otros estudiantes, trabajadores y ciudadanía. Se les hizo reflexionar sobre lo afortunados que son de haber obtenido un lugar cuando 3 mil 500 estudiantes se quedaron sin poder estudiar Medicina.  

El secretario general les dio una explicación sobre aspectos de carácter administrativo y laboral, quizá para justificar la tardanza en los procesos y de los cambios curriculares, cuando la administración estimó un plazo erróneo para el rediseño o actualización de un Plan de Estudios cuando lo pidieron a las dependencias universitarias,  el coordinador de la Licenciatura, debido a su experiencia en el área de acreditación que ha apoyado por muchos años, culpó a los estudiantes de haber puesto en riesgo una autoevaluación para la segunda re-acreditación del programa de Nutrición, cuando es bien sabido que esas autoevaluaciones son permanentes y continuas y que se debe tener la información integrada con semanas de antelación antes de que se cumpla el periodo indicado por los organismos acreditadores, que se utilizan envíos de información en formato electrónico o servicios de almacenamiento en línea por lo impráctico y riesgoso que resultaría enviar carpetas con documentos, que incluso pueden ser originales y cuando él mismo años atrás consintió el capricho de una visceral directora del área de la salud de retrasar el avance de una acreditación porque no integró la carpeta de información que debía y obstaculizó el acceso a documentos, situación que le consta a quien fungía como coordinadora del trabajo y a quienes integraban el equipo de acreditación.

Por los motivos esgrimidos por el alto tribunal colombiano al inicio de esta opinión, no sería justo que a los estudiantes se les sancionara por expresar su inconformidad por los desórdenes de administraciones corruptas y directivos incompetentes que sólo ocupan un espacio para su beneficio particular, sin compromiso con los jóvenes. Los estudiantes denunciaron una anomalía y lucharon por una causa justa en beneficio de todos sus compañeros, ¿cómo es posible que se le pague al medio que la autoridad usa para promover el encono en contra de estudiantes que luchan por una causa justa? ¿cómo es posible que se les diga que son privilegiados de ocupar un espacio cuando el Estado está fallando en garantizar el acceso efectivo al Derecho a la Educación y recordándoles que quedaron fuera 3 mil 500 estudiantes, como si esto fuera para enorgullecerse?, a los fanáticos de la meritocracia se les debía recordar que los estudiantes ingresaron por haber acreditado un examen y que no son ignorantes de la importancia de dominar el idioma Inglés.

A la autoridad y al olvidadizo gobierno, se les debe recordar que como bien lo señalaron, tanto un profesor decano de la Facultad de Medicina, como el profesor Rubén Páramo de la Preparatoria “Melchor Ocampo”, la Ley General de Educación Superior habla de la gratuidad y en Michoacán fue decretada desde 2010, aunque la Secretaría de Hacienda no ha cumplido con la dispersión del fondo específico, es decir, sigue siendo una cuestión de malas administraciones.

Además, ya de por sí se nota en las aulas la gran disminución del ingreso de estudiantes del sureste, de los estados de mayor pobreza y de comunidades indígenas, que antes venían para cambiar sus condiciones de vida a las Casas del Estudiante (que tan mala fama se les ha hecho y cuyos beneficios no se difunden) y la reducción en el ingreso de los propios egresados del Bachillerato Nicolaita, se continúa sin privilegiar el interés superior de los estudiantes al ejercicio al Derecho a la Educación, que tanto se usó para justificar la represión a los académicos y como argumento de la perla jurídica de la huelga de puertas abiertas, menguando de un plumazo, por el cuestionado jurista Hill Arturo del Río, el sentido que la Constitución mexicana de 1917, primera en incorporarlo, le diera al Derecho a Huelga.

No puede haber un genuino interés en los jóvenes cuando se obstaculiza el Derecho a la Educación, se niegan los factores socio-económicos que afectan el rendimiento académico y se descalifica a los estudiantes por no tener los méritos que los hagan “dignos de tener una formación Universitaria”, se trabaja por ocurrencias en la nivelación, planeación y evaluación del aprendizaje, no existe una entidad que dé seguimiento a esos procesos, se antepone el interés individual de una carrera política al interés común de los hijos del pueblo, se desvían recursos en lugar de aplicarlos para rehabilitar o dar mantenimiento a la infraestructura u otorgar exenciones, se violenta la norma incumpliendo requisitos que deben llenar los directivos y la impunidad sigue siendo la constante.

Por último, si de madurez profesional, calidad ética, moral y conciencia sobre la correcta aplicación de los recursos públicos se trata, como lo invocó la Rectora en la reunión con los estudiantes, los primeros que deben poner la muestra son los gobiernos, funcionarios, autoridades y educadores. No se puede pedir que se acabe la descomposición social cuando no hay sancionados por la participación de la UMSNH en la estafa maestra, cuando se miente sobre la inversión en una vacuna  o en el diseño de ventiladores mecánicos para la pandemia, cuando un funcionario universitario fue señalado por tener empresas subcontratadas por la Universidad, funcionario que posteriormente fue secretario de Finanzas del Estado y fue inhabilitado por no aclarar el destino de 572 millones de pesos, o seguir pagando plazas que se contrataron de manera irregular (https://mirmexico.mx/2018/05/28/la-estafa-maestra-y-las-universidades-publicas/), entre otras afectaciones al Derecho a la Educación, al pueblo y al erario público, no por parte de estudiantes y trabajadores, sino de gobiernos y autoridades y consentidas por estos.