Suspendida, la operación de programas de apoyo social

De acuerdo con el calendario electoral, la medida entró en vigor desde el 3 de mayo; incluye prohibición a promoción de funcionarios.

Suspendida la operación de programas sociales. La imagen solo es ilustrativa.

Morelia, Mich.- Este tres de mayo inició el plazo para que las autoridades estatales y municipales se abstengan de establecer y operar programas extraordinarios de apoyo social o comunitario.

De acuerdo con el calendario electoral y el Código Electoral del Estado de Michoacán en su artículo 169, durante los treinta días anteriores al de la jornada electoral, las autoridades estatales y municipales se abstendrán de establecer y operar programas extraordinarios de apoyo social o comunitario.

La medida incluye a los programas que impliquen la entrega a la población de materiales, alimentos o cualquier elemento relativo a programas asistenciales, de promoción o de desarrollo social, salvo en los casos de extrema urgencia debido a epidemias, desastres naturales, siniestros u otros eventos de naturaleza análoga.

También se señala que los beneficios de los programas sociales ordinarios no podrán ser entregados en eventos masivos, o en modalidades que afecten el principio de equidad en la contienda electoral.

A la par sostiene que los servidores públicos se abstendrán de acudir en días y horas hábiles a cualquier evento relacionado con precampañas y campañas electorales, así como de vincular su encargo con manifestaciones o actos dirigidos a favorecer a un precandidato, candidato o partido político.

También los servidores públicos no deberán vincular su cargo, imagen, nombre, voz o cualquier símbolo que implique promoción personalizada, con las campañas publicitarias de los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente tanto a nivel federal, estatal como municipal, con independencia del origen de los recursos; dichas campañas deberán tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social.

Es importante señalar que desde el inicio de las campañas y hasta la conclusión de las mismas, se encuentra suspendida la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental, tanto de los poderes federales y estatales, como de los municipios y cualquier otro ente público.

Las únicas excepciones son las campañas de información de las autoridades electorales, las relativas a servicios educativos y de salud, o las necesarias para la protección civil en casos de emergencia.

La ley refiere que en los casos de infracción, será competencia del Instituto Electoral de Michoacán (IEM) de conocer y sancionar de manera pronta y expedita, a los que violen la ley.