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Coca-Cola, PepsiCo y Aga, poseen el 81.8% de las concesiones de Conagua en Michoacán

No es obligatorio considerar necesidades de comunidades para otorgar permisos, dice funcionario, como demandaron vecinos en Morelia.

Habitantes de San Miguel del Monte reclamaron en abril pasado la asignación a un particular del recurso, en demerito de la comunidad. | Fotografía: Agencia Comunicación Gráfica

Morelia, Mich.- Las compañías Coca-Cola, PepsiCo y Aga poseen 18 de las 22 concesiones para la explotación comercial del recurso hídrico vigentes en Michoacán, equivalentes al 8.8 por ciento del total de las otorgadas por la Comisión Nacional del Agua (Conagua), de acuerdo con información de Leomando de Dios Hernández, encargado de la Subdirección de Administración de esta dependencia federal en la entidad.

Conforme a los datos proporcionados, Coca-Cola cuenta títulos que les permiten aprovechar un millón 600 mil metros cúbicos de agua al año, mientras que PepsiCo puede explotar alrededor de un millón. Un metro cúbico, cabe recordar, equivale a mil litros.

Ninguna de estas grandes empresas, continuó el subdirector, toma el recurso hídrico de mantos superficiales, sino de pozos profundos, algunos de los cuales se encuentran en los acuíferos de Morelia-Queréndaro, Uruapan y Zamora, entre otros, a lo largo y ancho del territorio michoacano.

El trámite para obtener un título de concesión de este tipo, respondió a pregunta expresa, tiene un costo de 6 mil 206 pesos, excepto para aquellos que buscan la explotación agropecuaria, además de que se hace un pago trimestral proporcional al volumen de metros cúbicos extraídos de los cuerpos de aguas nacionales.

“Por ejemplo, para el uso de la industria, sí tiene un costo bastante elevadito, por ejemplo, para aguas subterráneas, el costo que paga una empresa por metro cúbico que se extrae es de 29 pesos con 36 centavos, cuotas o tarifas que están establecidas en la ley”.

Sin embargo, agregó que los precios varían según la disponibilidad del recurso en los pozos, como en el caso del acuífero Lázaro Cárdenas, ejemplificó nuevamente, donde hay pocas restricciones y, por lo tanto, el costo es apenas de 4 pesos por metro cúbico.

Si bien la legislación permite emitir concesiones desde cinco y hasta 30 años, la mayoría son otorgadas por diez, que merecen visitas de inspección periódicas para revisar los medidores, con lo cual se pueda verificar si el recurso que están extrayendo es del tamaño del que pagan. En caso de que no, las sanciones son de cerca de 211 mil pesos o pueden merecer, incluso, la revocación de la concesión, señaló el subdirector.

Agregó que ya no se emiten concesiones para la explotación comercial en acuíferos como el de Morelia, ya que un criterio importante en este procedimiento es el de asegurar que haya recurso suficiente para el uso público urbano, indicador rebasado en el caso de la capital michoacana, aunque descartó que haya algún caso en que una concesión haya secado un manto.

“No ha habido ningún impacto [tal] que no se pueda extraer el agua. De agua superficial, por ese lado están libres de las grandes empresas; en caso de pozos, todavía no se vislumbra algo que la Conagua [pueda ver como] un foco rojo, que la Conagua tenga que…, obviamente están actualizando los datos, todavía no llegamos a esa etapa”.

San Miguel del Monte, precedente

El entrevistado señaló que la concesión otorgada para un pipero en la tenencia de San Miguel del Monte, ubicada al sur de Morelia, puede sentar un precedente para replantear cómo deben ser abordados estos casos, en donde el concesionario tiene un título para explotar 25 mil metros cúbicos al año del manantial de La Mina, que abastece al resto de la comunidad.

Cabe recordar que el caso se hizo mediático porque pobladores de la tenencia se movilizaron en contra de que le haya sido otorgado este permiso al beneficiario, con el argumento de que, desde que hace uso de él, se ha visto disminuido el recurso hídrico, además de que han hecho pública su molestia con el hecho de que no se les hubiera avisado antes que este trámite estaba en proceso.

Hasta el momento, respondió Leomando de Dios, no hay ninguna regulación que establezca que en un caso de este tipo el interesado debe solicitar de manera obligatoria la anuencia de la comunidad virtualmente afectada, por lo que no se habría cometido una ilegalidad, aunque añadió que podría ser un elemento a tomar en cuenta en lo sucesivo.

Aunque sin mayores detalles al respecto, según él mismo dijo, aseguró que si se le otorgó una concesión al pipero es porque hay estudios que documentan que hay recurso hídrico disponible; sostuvo también que se han hecho visitas de inspección en este predio, y que hasta el momento no se ha detectado que esté explotando más agua de la que tiene permiso.

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