Ambientalistas acusan tácticas dilatorias del Ayuntamiento para no reconocer derechos ambientales

Exigen que retiren quejas en el juicio para determinar si el Programa Municipal de Desarrollo Urbano 2021-0224 viola o no garantías.

Ambientalistas denuncian riesgos de imponerse como tal el Programa Municipal de Desarrollo Urbano. | Fotografía: Prensa MCDL

Morelia, Mich.- El Movimiento Ciudadano en Defensa de la Loma (MCDL) acusó al Ayuntamiento de Morelia de implementar “tácticas dilatorias” para retrasar el juicio en el que se encuentra el Programa Municipal de Desarrollo Urbano (PMDU) 2022-2041, controvertido por presuntamente violar derechos ambientales adquiridos por las poblaciones que dependen de la cuenca del Lago de Cuitzeo.

De acuerdo al vocero Moctezuma Madrigal, el Ayuntamiento habría interpuesto una queja ante un tribunal administrativo para impedir que se lleve a cabo una medición pendiente, que permitiría conocer las delimitaciones de las áreas naturales protegidas (ANP) y zonas protegidas, y con base en la cual el Juzgado Tercero de Distrito podría resolver si el PMDU las pone en riesgo, como acusan los ciudadanos.

“Exigimos que el Ayuntamiento retire la queja que interpuso en el juicio que tenemos contra el Programa de Desarrollo Urbano, y que deje que el juez, libremente, se haga llegar de las pruebas que él requiera para que ya resuelva en audiencia constitucional si nuestra queja tiene o no tiene razón, que dejen de estar haciendo estas prácticas dilatorias para que no se resuelva este juicio”.

Asimismo, acusaron a la actual secretaria de Desarrollo Urbano y Movilidad de Morelia (Sedum), Joanna Margarita Moreno Manzo, y directora del Instituto Municipal de Planeación (Implan) durante la construcción y aprobación del PMDU, de mentir nuevamente, pues aseguraron que es falso que no haya mediciones oficiales del territorio municipal que permitan desahogar la cuestión de fondo, como ella lo había sostenido.

Luis Rubén Juárez Zapatero, también vocero de la organización, respondió a aquellas declaraciones de la funcionaria municipal, con el argumento de que existen dos decretos de veda fechados en 1936, que protegen la cuenca hidrográfica del Río Chiquito, de la que se nutre el Lago de Cuitzeo, a partir de los cuales el hoy Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) elaboró los mapas con los respectivos polígonos.

“Las cuencas hidrográficas son algo definidas por la naturaleza, particularmente por las montañas, que definen, de manera natural, cuáles son las cuencas. En el decreto de la cuenca hidrográfica del Río Chiquito lo que se protege es la cuenca alta, y allí se establecen las principales montañas y puertos de montaña que delimitan la cuenca. Esa cuenca ya está perfectamente delimitada, tanto por el Inegi como por el propio Implan”.

El argumento fue esgrimido mientras eran señalados dos mapas, expuestos por los ambientales, en los que se mostrarían las cerca de 74 mil hectáreas de zonas protegidas y de alto valor ecológico que, de acuerdo con la interpretación sostenida por el Ayuntamiento, no conforman áreas naturales protegidas oficialmente reconocidas por la legislación de 1996, punto en el que radica uno de los disensos que mantienen abierto el juicio.

Al respecto, cabe recordar que Joanna Moreno sostuvo a inicios de este año que no hay mediciones oficiales de las zonas protegidas en controversia, a lo cual agregó que tomaría alrededor de un año hacer las delimitaciones necesarias para que el juez pueda resolver el fondo del asunto, no sin sostener la postura de que el PMDU fue publicado respetando todas las ANP en el territorio.

En un comunicado del MCDL, que leyó Carlos Olivares este miércoles en rueda de prensa, la organización reivindica su postura, según la cual el PMDU 22-41 viola el derecho humano al agua y a un medio ambiente sano de un millón 158 mil 742 personas, habitantes de Morelia, Tarímbaro, Acuitzio, Álvaro Obregón, Charo, Cuitzeo, Huandacareo, Indaparapeo, Queréndaro, Santa Ana Maya y Zinapécuaro.

Cabe recordar que el conflicto data desde que el MCDL hizo algunas observaciones al PMDU durante la fase de consulta pública, según las cuales el documento, tal como estaba elaborado, ponía presuntamente en riesgo zonas de alto valor ecológico en el municipio, que declaraba como urbanas o urbanizables, retroalimentación que nunca percibieron escuchada por las autoridades correspondientes.

Ante ello, solicitaron una audiencia que la Secretaría del Ayuntamiento le concedió con fecha del 20 de julio de 2023, sin embargo, un día antes, sin previo aviso, el Cabildo aprobó el documento por unanimidad un día antes, derivado de lo cual fue publicado en el Periódico Oficial del Estado (POE) y entró en vigor el 1 de octubre del mismo año.

En respuesta, la organización ambientalista interpuso un amparo que, como medida cautelar, obtuvo la suspensión definitiva, hasta que no se llevara a cabo la audiencia constitucional que permitiera resolver el tema de fondo, la cual, originalmente, estaba fechada para el 13 de diciembre, hace casi ocho meses.

Desde siempre han hecho pública su postura de que el gobierno de Alfonso Jesús Martínez Alcázar impulsa este tipo de proyectos para beneficiar intereses económicos particulares, por ejemplo, empresas desarrolladoras de fraccionamientos.

Por su parte, el alcalde Alfonso Jesús Martínez Alcázar ha promocionado el PMDU como uno de los emblemas de su administración 2021-2024, legado que ha intentado legitimar con la premisa de que fue sometido a consulta pública en la que los ciudadanos tuvieron la oportunidad de conocer el documento y hacer observaciones que derivaron en los ajustes correspondientes.