LA PSICOLOGÍA EN EL DERECHO: El restablecimiento de los derechos de la familia

A partir de la teoría de la división de poderes -ejecutivo, legislativo y judicial- el gobierno realiza sus actividades desde cada una de sus funciones; pero ante un enemigo común para la sociedad y el gobierno como lo es el virus SARS-Cov-2 mejor conocido como COVID-19 se impone un frente común o coordinado de los poderes y la sociedad en general, a partir de los lineamientos del Consejo de Salubridad General; lo que no están realizando cuando menos el Gobernador y los Jueces y Magistrados en el estado; ya que para combatir a un virus tan letal, cada poder tiene sus estrategias y sus tiempos.

Por un lado, en el mes de abril el Ing. Silvano Aureoles emitió un decreto de confinamiento en el que solo estaban permitidas actividades sustantivas con lo que se invitaba a que las personas se quedaran en sus casas hasta el 17 de mayo del año en curso (2020) y ha emitido modificaciones a los decretos para prorrogar el encierro; en concordancia con ese ordenamiento, la planta productiva de la iniciativa privada se plegó al confinamiento y con otros plazos pero con el mismo propósito el poder judicial del Estado de Michoacán ordeno la suspensión de labores a través de los acuerdos correspondientes del Consejo del Poder Judicial del Estado de Michoacán, hasta aquí las estrategia era una y con el mismo propósito.

Pero resulta que ya son casi 4 meses de inactividad [marzo-julio], razón por la que el ejecutivo de acuerdo con los lineamientos de la Presidencia de la Republica se pronunció sobre una “nueva convivencia” o “nueva normalidad” la que en Michoacán comenzó en el mes de junio en el cual se proyectó la reapertura de comercios al 25% y en julio al 50% enseguida en agosto al 75% y en septiembre al 100 % además se colocarían en cada municipio las banderas roja, amarilla, verde o blanca, según el nivel de riesgo de contagio; está reactivación trae aparejados los conflictos jurídicos propios de esas operaciones comerciales y sin embargo no hay juzgados para resolver esas diferencias, únicamente para ingresar demandas y enviarlas al juzgado competente y sus tramitación y resolución será cuando los juzgados normalicen sus actividades.

Esta reactivación gradual no ha llegado al poder judicial y me refiero específicamente en la materia familiar, porque los acuerdos emitidos por el pleno del Consejo del Poder Judicial del Estado de Michoacán desde el 18 marzo de año 2020 y el más reciente el 30 de junio de esta anualidad, en los que se manifiesta la suspensión de las labores en los órganos jurisdiccionales y en las áreas administrativas del Poder Judicial.

Y el establecimiento de guardias en los tribunales para atender lo que denominaron asuntos urgentes o inaplazables cito indicándose de manera enunciativa y no limitativa, hipótesis que se consideraran como tales.

Además de la suspensión del servicio del Centro de Convivencia Familiar del Poder Judicial del Estado.

Pero hablemos de los asuntos urgentes o inaplazables, específicamente me concentrare en los de materia familiar que están considerados dentro del acuerdo y que son los siguientes:

  1. Actos prejudiciales relativos a la separación provisional de cónyuges, separación cautelar de personas y depósito de menores.
  2. Medidas cautelares que importen riesgo a los menores de edad e incapaces, así como aquellas en protección de víctimas de violencia familiar.
  3. Órdenes de protección; y
  4. Demandas de juicios de alimentos, así como consignación y entrega de billetes de depósito que deriven de tales procesos.
  5. Solicitudes de modificación de convivencia familiar.

Y finalmente el primer acuerdo menciona las fechas de los juzgados de guardia, pero la realidad que, en condiciones normales, nos ha demostrado que el sistema jurídico no responde a las exigencias de la sociedad a la que sirve; en tiempos de pandemia queda evidenciado la inactividad de los juzgados familiares y su ineficacia para dar solución a los múltiples problemas derivados de las relaciones de familia, como quedara de manifiesto enseguida.

En el nivel terrenal lo que eso ha implicado para todas aquellas personas que lamentablemente se encuentran dentro de un juicio en materia familiar, desde hace casi cuatro meses no ha pasado nada, sus asuntos están suspendidos quienes iniciaron divorcios siguen casados, quienes solicitaron pensiones, siguen sin recibirlas, quienes tenían convivencia con sus hijas e hijo en el centro de convivencia han perdido esos meses de estar con ellos.

Y qué decir del calvario que implican el ejercicio de los asuntos urgentes o inaplazables como el de las mujeres que viven violencia (cabe señalar que, aunque se manejen otros datos, el incremento de esta se tiene cuantificado en un incremento del 40% según registro en la Secretaria de Igualdad Sustantiva del Gobierno de Michoacán SEIMUJER)  las que soliciten una orden de protección, primero deberán identificar cual es el juzgado que está de guardia y correr para que no den las 15:00 horas porque si no ya no es posible hasta el día siguiente, que tendrás que revisar nuevamente ahora cual juzgado está de guardia, y no se diga cuando lograste iniciar uno de estos asuntos urgentes o inaplazables porque si no lograste concluirlo o requieres ingresar un documento que por alguna circunstancia no tienes en ese momento tendrás que esperar a que nuevamente el juzgado este de guardia. Esta suerte se debe a que el acuerdo considero que solo 2 juzgados serían los de guardia, resultandos insuficientes para la atención.

Apenas el día 15 de junio el Juzgado de Primera Instancia Auxiliar en Materia Oral Familiar Especializado en Atención de Violencia Familiar y Violencia contra la Mujer por razón de género comenzó a realizar guardias permanente sin que eso sea una solución para los problemas atingentes de la familia; lo que se requiere es que todos juzgados familiares regresen a sus actividades, claro sin atención al público para evitar contagio del personal, pero digitalizando los expedientes  y en vía remota y les den seguimiento a los mismos y realizando videoconferencias para las audiencias y emitiendo electrónicamente las medidas cautelares y las determinaciones, con una reforma legal en el Congreso del Estado, para que las autoridades judiciales y sus auxiliares, tengan una eficiencia respecto de los mandatos judiciales y no se conviertan las órdenes judiciales en letra muerta.

En materia familiar las/os principales actores son los niños y las niñas, estoy segura que el 90% de los divorcios tienen que ver con los hijos por lo tanto están de por medio las solicitudes de guardias y custodias o pensiones alimenticias, porque aún no hemos logrado entender que lo que se termina es la relación de pareja no el ejercicio de paternidad y maternidad que en algún momento de la vida se eligió compartir con esa persona que hoy no es compatible contigo como pareja.

 En los divorcios en donde no hay hijas (os) se resuelven de forma rápido y poco tortuosa; pero donde hay descendencia la separación legal de una pareja unida en matrimonio se convierte en algo tortuoso y prolongado, porque las hijas (os) se convierten tristemente en los depositarios de nuestro dolor por la ruptura de la relación. Entonces mientras la lucha no acaba, y en tiempos de pandemia en una gran cantidad de personas aún no inician la batalla formalizada en los juzgados, el Estado no puede restablecer los derechos de estos niños; de ahí la importancia por parte del poder judicial del estado de Michoacán, de determinar cómo actividad esencial la administración de justicia en materia familiar.

Y cerramos el mes con algo que realmente me parece una completa burla, además de representar de forma más clara, que aquellas personas que buscan el restablecimiento de sus derechos; estos se verán prorrogados hasta que el poder judicial determine que es tiempo de tomar cartas en el asunto, y hago referencia a esto porque como ya se señaló con fecha 30 de junio se emitió nuevamente el acuerdo del Pleno del Consejo que determino la prorroga la suspensión de labores en los órganos jurisdiccionales y en las áreas administrativas del Poder Judicial, de 1 al 17 de julio del año en curso.

No, aun no respiren, pensando que por lo menos comenzaran a reactivarse todos aquellos asuntos que no son urgentes o inaplazables, resulta que a partir del 20 de junio comienza el primer periodo vacacional de los juzgados, todo se acomoda mágicamente, por lo que se reactivaran los asuntos familiares entre otros, si el pleno no considera otra prorroga hasta el día 3 agosto, cumpliendo cinco meses de inactividad.