ECOS LATINOAMERICANOS: La revocación de mandato y el juicio político. Dos figuras polémicas

AMLO emitiendo su voto en la revocación de mandato. (Foto: especial)

El pasado 10 de abril se realizó la llamada “revocación de mandato” para determinar si el presidente Andrés Manuel López Obrador permanecía en el poder por el resto del sexenio o si debía concluir anticipadamente el cargo por perdida de confianza. En este proceso, la opción para que continuara como titular del ejecutivo alcanzó más de un 90% de los votos emitidos de un total de la votación de casi 15 millones de electores. Concluido este ejercicio, la opinión quedó dividida entre quienes consideraban que la revocatoria había sido un éxito para el oficialismo por el porcentaje alcanzado y quienes manifestaban que había sido una derrota debido a que el número de votantes fue apenas la mitad de los que votaron por López Obrador en 2018.

Sin embargo, independientemente de la interpretación de los resultados, dicho ejercicio, sirvió para observar si el INE era capaz de realizar consultas y votaciones de esta índole. Usualmente en México se práctica, en parte por la composición legal-institucional, la democracia representativa, es decir, la votación directa de funcionarios públicos para que luego ellos determinen, ya sea por facultad, acuerdo o votación, el tipo de políticas que estarán rigiendo al país. Dejando muy poco espacio para que la ciudadanía elija directamente sobre asuntos públicos.

La idea, al menos teórica, de la revocación de mandato es precisamente permitir que la población decida si el periodo de gobierno de un mandatario debe mantenerse con normalidad o acortarse anticipadamente, a través de una votación directa. Sin duda el caso del ejercicio revocatorio ocurrido hace unas semanas fue objeto de polémica, ya que se señalaba que el presidente López Obrador tenía un margen de aprobación muy alto y por lo tanto no era necesario realizar este tipo de ejercicios. No obstante, queda la duda ¿cuándo debe o no utilizarse una figura como la revocación de mandato?

Actualmente, este ejercicio apenas está poniéndose en práctica en México, por lo que su uso aún puede ser mejorado considerablemente. En los sistemas presidenciales dicha figura casi no ha sido utilizada, solo  en las últimas décadas en algunos países latinoamericanos, y sobre todo con el propósito de incrementar o recalcar el apoyo hacia el mandatario en turno más que propiamente buscar su salida. Lo anterior ocurre debido a como está institucionalizada dicha figura. Si la revocación de mandato se establece de tal forma en que cualquier fuerza política, incluyendo el oficialismo, pueda utilizarla a su propia conveniencia, se estaría distorsionando la naturaleza misma de la revocación.

Ciertamente, la revocación de mandato tiene como objetivo evaluar la permanencia o no de un mandatario por parte de la población en general, independientemente de si el mandatario está cumpliendo cabalmente o no con las limitaciones jurídico-institucionales, que en teoría tendría que respetar. Es decir, la revocación de mandato está constituida en esencia para medir el soporte popular de un gobernante y con base en ello mantenerlo en el poder o revocarle la presidencia anticipadamente.

Sin embargo, lo anterior es una cuestión muy delicada, los vaivenes de la política pueden hacer que un mandatario baje y luego suba bruscamente su nivel de popularidad, o viceversa, muchas veces por cuestiones ajenas a su propio gobierno. Por lo tanto, no sería idóneo utilizar esta figura simplemente cuando alguna facción política, ya sea oficialismo u oposición, tiene el suficiente empuje para convocarla. Más bien, debería instituirse para implementarse durante un determinado tiempo del periodo  presidencial, por ejemplo, en el caso de México, durante el sexenio, esta figura pueda ejercerse entre el tercero y quinto año del gobierno electo, y además utilizarse con un número limitado de ocasiones para convocarse. Lo anterior, para tratar de mantener un cierto grado de estabilidad institucional, pero que al mismo tiempo ponga en tela de juicio la eficiencia del mandatario respecto a la opinión de los ciudadanos.

Por otro lado, otra figura, hasta cierto punto complementaria de la revocación de mandato, es el juicio político. A diferencia de la revocación, el juicio más que obedecer a una cuestión de apoyo popular está vinculado a una cuestión de legalidad institucional. En este caso, no se busca la posible separación del cargo por una posible falta de eficiencia administrativa o de baja aprobación política, sino por una posible vinculación del mandatario con algún acto ilícito que amerite la separación del cargo.

Actualmente la constitución mexicana contempla la figura en sus artículos 6, 28, 76, 109, 110 y 114, así como también se incluye en la Ley Federal de Responsabilidades de Los Servidores Públicos, no obstante, en ninguna de las dos disposiciones considera a la figura del presidente de la República como sujeto de juicio político. Ante esto el gobierno de López Obrador ha impulsado que se sustituya la ley antes señalada por una nueva ley federal de Juicio Político y Declaración de Procedencia, misma que tiene la pretensión de incluir la figura presidencial, empero, el procedimiento para dicho juicio es bastante polémico debido a que queda en manos del poder legislativo federal. Lo cual, sin duda alguna, representa un serio problema de parcialidad, debido a que es innegable que el poder legislativo es quizá el más politizado de los tres poderes, y donde confluyen diversos intereses políticos, por lo tanto, resulta muy difícil garantizar imparcialidad bajo dichas circunstancias.

Por ejemplo, si el oficialismo controla la mayoría de las cámaras, la probabilidad de que se inicie un juicio, aun si efectivamente se amerita, será muy baja, e incluso suponiendo que lograra iniciarse, la probabilidad de que un congreso oficialista declarará culpable al presidente es prácticamente nula. Y también en el ejemplo inverso, si la oposición tiene mayoría en ambas cámaras ¿qué garantía habrá de que no abusará de esta figura para derrumbar a un presidente al que le es hostil, aunque bien podría no haber hecho nada que ameritara, en términos de legalidad, que lo removieran del cargo?

El juicio político es también una figura polémica, aunque la intencionalidad de esta busca evitar abusos de parte del ejecutivo en términos del respeto a la legalidad, no obstante, para que esta figura funcione adecuadamente, su invocación no debe estar en manos del órgano legislativo, sino de un órgano con mayor criterio para juzgar si el mandatario cometió o no alguna violación legal que lo inhabilitara para el ejercicio de su cargo. Debiera entonces proponerse para su ejercicio, más bien algún órgano o entidad vinculada al poder judicial, o en todo caso algún tribunal instituido con las atribuciones de juzgar al gobierno del presidente, para calificar si efectivamente su conducta encuadra en la pérdida del cargo. Esto necesariamente es lo que requiere un juicio, no solo objetivo y justo sino extremadamente meticuloso, por ello deben ser expertos en el tema, sobre todo en materia de derecho penal, constitucional y administrativo, los que compongan el posible tribunal que permitirá tanto la realización del juicio como también su resolución.

Al final de cuentas, ambas figuras son relevantes y sin duda alguna pueden abonar enormemente a nuestro sistema político, especialmente para exigir respeto a la ley, así como resultados a nuestros gobernantes, sin embargo, como ya se señaló, se necesita que dichas figuras estén bien calibradas institucionalmente en el marco tanto jurídico como político para poderse utilizar en las mejores condiciones posibles y que no sean objeto de abuso y desequilibrio de alguna facción política, ya sea oficialista u opositora.

No obstante, en este momento no puede decirse que ambas figuras están en su mejor condición institucional, aún queda mucho para mejorarlas, en estas tareas deberían participares los diversos grupos de la sociedad civil que tengan interés en estas figuras, así como también los estudiosos y expertos del tema y por supuesto, las instituciones políticas.