Derrotados por el cambio de uso de suelo

En la cañada que baja de Villa Madero a la zona mezcalera de Etúcuaro se han expandido con velocidad extraordinaria los cultivos de aguacate a partir del cambio de uso de suelo. | Fotografía: Archivo

No obstante ser la mayor amenaza para los bosques michoacanos el cultivo ilegal del aguacate continua viento en popa. Hasta ahora lo que se viene haciendo a nivel federal, estatal y municipal ha sido de plano insuficiente.

De nada ha servido el capítulo 24 del TMEC en el que se establecen los compromisos ambientales trinacionales para la defensa de los bosques y los ecosistemas en su relación con la producción. Estados Unidos sigue importando cientos de miles de toneladas de aguacate proveniente de huertas ilegales sembradas en terrenos forestales.

Y ni qué decir de las leyes federales y estatales que prohíben el cambio de uso de suelo, la tala ilegal y el incendio de bosques porque son leyes anodinas, burocratizadas, que no tienen dientes. Hasta ahora no hay ley ni proceso que valga para frenar la carrera expansiva del aguacate.

La gravedad de este problema ha sido minimizada en los hechos. El daño ambiental ha sido banalizado. Se asume como el costo tolerable y aceptable del crecimiento del sector agropecuario y con orgullo se presume el dominio michoacano sobre el mercado global.

Qué importa si las leyes nacionales son pisoteadas, qué importa si se baila “Juan Colorado” sobre el capítulo 24 del TMEC, qué importan los estudios científicos que nos advierten sobre las consecuencias climáticas de la deforestación y el incremento del estrés hídrico en los ecosistemas y en la vida humana.

El fracaso institucional, ya no se diga para revertir la muerte de los bosques sino para proteger lo que aún nos queda, es incuestionable, está frente a los ojos de todos.

Existe un evento de enorme significado ocurrido en los últimos años y que ilustra este fracaso propiciado por el cabildeo del poder aguacatero. En la Ley de Desarrollo Forestal Sustentable de Michoacán se estableció el 29 de diciembre de 2016 la facultad de las instituciones para contener el cambio de uso de suelo, usando verdadero dientes contra los transgresores, es decir, otorgándoles facultad para desinstalar plantíos ilegales.

Esa facultad estaba establecida en el artículo 166 fracción III, sin embargo, en una reforma hecha con sigilo culposo en la LXXIV legislatura fue derogado con dedicatoria obsequiosa a los aguacateros ilegales.

En su momento los aguacateros ilegales, la APEAM y varios diputados aguacateros, impugnaron la consistencia de dicho artículo, pero no ganaron en los tribunales ninguna impugnación, si acaso una y recurriendo a la inimputabilidad por edad del dueño de una huerta.

De la legislación ambiental, que tiene como propósito cuidar de los bosques, el artículo 166 fracción III era el único que realmente otorgaba dientes a las instituciones para en el acto, en flagrancia, intervenir y desmontar las plantaciones ilegales.

A la abrogación del artículo 166 fracción III no le sucedió una norma mejorada o más eficiente para impedir el cambio de uso de suelo, le sucedió llanamente el vacío y el perdón automático y de facto para quienes deseen tirar bosques y cultivar aguacate.

La derogación va contra el principio de progresividad de las leyes, en lugar de dar un paso hacia adelante para hacer cumplir el principio pro-natura se retrocedió hacia la nada.

Los efectos de esa claudicación los podemos comprobar en más de 15 predios en la región de Madero, en donde la expansión aguacatera sigue imparable. En todos esos predios, a pesar del respectivo sello de “clausura”, algunos con antigüedad de 4 años, el delito continuado se ejercita todos los días. Cualquier ciudadano puede dar testimonio de cómo en esos predios “intervenidos” laboran regularmente cuadrillas de trabajadores acondicionando las huertas.

Estamos ante el hecho ominoso de que la denuncia de cambio de uso de suelo ahora significa una garantía para el dueño, porque una vez impuesta la clausura, por algún misterio, dicho sello se convierte en sello de autorización.

La justicia ambiental, allá en los sitios donde está ocurriendo la devastación de bosques es inexistente. Los procesos legales quedan emplazados al infinito. La ley no es ni rápida ni expedita, simplemente no es. Como consecuencia de ello no hemos visto que las cientos de hectáreas denunciadas retornen a su condición de bosque, es pérdida absoluta, son prósperas huertas.

Qué interesante fuera que el gobernador Alfredo Ramírez Bedolla nos acompañara en un recorrido por todos los predios “clausurados” y con sus ojos y razón se percatara de esta anomalía.

Michoacán necesita ― ¡le urge! ― una legislación y una política firme que ordene una eficiente coordinación institucional y asegure procesos legales con dientes, con rigor, que reduzcan a cero la impunidad.

Debe decirse que ante el fracaso por décadas de las políticas ambientales para proteger los bosques se impone la reflexión crítica que lleve al gobierno a replantear la estrategia. Reconocer, en primer lugar, que lo que se está haciendo ni está bien ni tampoco es suficiente, que con lo que hay lo único que está garantizado es el fracaso.

Es una verdad dura, pero tenemos que asumirla. El cambio de uso de suelo está ganando la partida.