Precisa el TEEM tiempos de difusión y principio de legalidad en nota de Cambio de Michoacán

La ley prevé la difusión, 7 días antes y 5 después, sobre los tiempos de difusión del informe de Gobierno a que se refiere la información.

El INE instruyó el retiro de propaganda de gobierno del estado, donde se exaltan logros gubernamentales. | Fotografía: Agencia Comunicación Gráfica

Morelia, Michoacán a 3 de febrero de 2024.

Lic. Vicente Godinez Sapien

Director General de Cambio de Michoacán

Presente:

Por este medio le informo que el pasado día miércoles en Casa Michoacán la Magistrada Presidenta del Tribunal Electoral del Estado (TEEM)  Dra. Yurisha Andrade Morales otorgó  entrevista a la Lic. América Juárez Navarro, periodista de Cambio de Michoacán, sin embargo el texto publicado en el siguiente link https://cambiodemichoacan.com.mx/2024/02/01/tras-resolucion-del-teem-a-gobierno-morenista-ramirez-bedolla-lo-llama-inquisidor/ publicada con fecha del 1 de febrero de 2024 es diferente y desinforma.

En el segundo párrafo del texto refiere  “El gobernador lanza estas declaraciones, luego de que este martes el Tribunal Electoral de Michoacán (TEEM) determinó que violó la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y la Constitución Federal, al mantener por casi un año la propaganda de su primer informe de gobierno, aunque la ley prevé que solo puede hacerlo 14 días, siete días antes y siete después”.

Y la Magistrada en la entrevista refirió que la ley prevé la difusión, 7 días antes y 5 después del informe.

En el párrafo cinco, redacta:  “Sin embargo, ante estos señalamientos la presidenta del organismo electoral, se dijo respetuosa de las opiniones de los actores políticos, en este caso del gobernador, pero recordó que se rigen bajo un principio de institucionalidad, en donde es muy claro que se deben apegar a la ley todas las actuaciones y éstas deben ser imparciales”.

La Magistrada Andrade Morales dijo: principio de legalidad.

Y de igual forma en el sexto párrafo erró en cuanto al periodo autorizado para hacer publicidad en un informe de labores de un funcionario público: Recordó que existen precedentes de la Sala Superior como de la Sala regional Toluca, en donde se han confirmado algunas sentencias en este sentido. “La ley es muy clara en cuanto a la temporalidad que tienen los funcionarios y servidores públicos para rendir sus informes de gobierno, la ley establece un periodo muy claro, siete días antes de la fecha del informe y siete días después, luego de ella hay una extemporaneidad y la ley te sanciona”, indicó.

La temporalidad que describió la Magistrada Presidenta del TEEM fue: 7 días antes del Informe de labores y 5 días después.

Por estas razones y conocedora de los principios éticos del medio de comunicación que usted dirige y en términos de lo establecido en el numeral 10 de la Ley Reglamentaria del artículo 6o, párrafo primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, me permito solicitar el derecho de réplica con fundamento en el artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en relación con los artículos 3, 4, 9, 10, 11, 12, 13 y 14 de la Ley Reglamentaria del artículo 6o, párrafo primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia del derecho de réplica, los cuales establecen que toda persona podrá ejercer el derecho de réplica respecto de la información inexacta o falsa que emita cualquier sujeto obligado previsto en la ley y que le cause un agravio, en un plazo no mayor a quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación,

Señalo como domicilio para oír y recibir cualquier notificación, el ubicado en Coronel Amado Camacho 294, colonia Chapultepec Oriente, código postal 58260, Morelia, Michoacán; así como el correo electrónico teemcomunicacion@gmail.

Conocedora de la importancia que tiene su labor para el fortalecimiento de la democracia en Michoacán, me reitero a sus órdenes y estoy en la mejor disposición de ampliar la información, agradezco su atención y nos conceda publicar está réplica.

Atentamente:

M.D.I. María Gabriela Pérez Negrón Nieto

Coordinadora de Comunicación del Tribunal Electoral del Estado (TEEM)

C.C.P.              Dra. Yurisha Andrade Morales, Magistrada Presidenta del Tribunal Electoral del Estado. Para su conocimiento.

                        Lic. Raúl López Tellez, Jefe de Información de Cambio de Michoacán.- Mismo fin

Expendiente

MGPNN