TEPJF restituye las 25 candidaturas LGBT del PRI en Michoacán

Acto de discriminación y violación del derecho a la privacidad, argumentos de la Sala Regional en fallo a favor de candidaturas "usurpadoras".

El Pleno de la Sala Toluca del TEPJF concluyó que el TEEM se extralimitó al imponer esta exigencia de autoadscripción calificada. | Fotografía: X TEPJF Toluca

Morelia, Mich.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) decidió restituir las 25 candidaturas del PRI que habían sido cuestionadas por el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) debido a presunta usurpación de identidades LGBTQI.

En una sesión pública celebrada la tarde del lunes 13 de mayo, el Pleno del TEPJF, sede Toluca, resolvió el Juicio de Revisión Constitucional 032 ST-JRC-032-2024, a cargo del magistrado David Alejandro Avante Juárez, en favor del PRI, según trascendió en medios.

El fallo a favor revoca la sentencia del TEEM, que exigía a nueve candidatos a alcaldes y 16 a regidores del PRI acreditar su pertenencia a la comunidad LGBTQI mediante documentos oficiales.

El Pleno de la Sala Toluca del TEPJF concluyó que el TEEM se extralimitó al imponer esta exigencia de autoadscripción calificada.

Según el argumentó del  TEPJF, “el Tribunal Estatal no debió demandar pruebas específicas de autoadscripción LGBTQI, ya que el Instituto Electoral de Michoacán no había impuesto tales requisitos a todos los candidatos.”

Además, se consideró que la exigencia específica para un grupo de aspirantes constituía un acto de discriminación y violaba el derecho a la privacidad de los individuos.